Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9189)
Resolución de 28 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y el Banco de España, para el uso de las soluciones tecnológicas titularidad de la Agencia Estatal de Administración Digital.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61431
La puesta a disposición de los Servicios se realizará a través de la Red SARA
(Sistemas de Aplicaciones y Redes para las Administraciones), gestionada por la AEAD,
que adoptará las medidas de seguridad que garanticen la confidencialidad del tránsito de
la información intercambiada.
Estas soluciones se basan en tecnología que podrá ser actualizada o sustituida por
otra más avanzada o eficiente cuando, como consecuencia del desarrollo de las
Tecnologías de la Información y de la Comunicación, hayan quedado obsoletas las
aplicaciones o sistemas relacionados en el apartado anterior o se hayan producido
modificaciones normativas que afecten a las correspondientes especificaciones técnicas
y de seguridad.
2. Facilitar soporte técnico de segundo nivel, de acuerdo con lo establecido en la
cláusula cuarta del presente convenio.
Para el Banco de España:
1. Colaborar de forma estrecha en el ámbito del presente convenio, poniendo en
común los conocimientos técnicos y experiencias que permitan avanzar en la
incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la tramitación
administrativa.
2. Usar las herramientas de la AEAD conforme a sus especificaciones. Los
usuarios del Banco de España serán responsables del buen uso y gestión, en su propio
ámbito, del software y de todas las aplicaciones e infraestructuras. En todo caso, la
AEAD no responderá de ningún daño y perjuicio directo o indirecto que provenga del mal
empleo de los componentes o de incidencias en el acceso y uso del servicio por causas
ajenas a la infraestructura de la AEAD, debiendo los sistemas de información del Banco
de España cumplir los requisitos mínimos exigidos para el uso, que figuran en la
información proporcionada por la AEAD.
3. Dar soporte funcional e informático a sus usuarios.
4. Contribuir a la sostenibilidad técnica y funcional de los citados servicios, de
acuerdo con lo dispuesto en la cláusula quinta de este convenio.
Ambas partes se prestarán el soporte necesario para la solución de las incidencias
técnicas, de carácter informático de las aplicaciones que sustentan los citados servicios,
así como para el diseño de posibles evolutivos de los citados sistemas.
Las partes colaborarán y harán todo lo que esté en su mano para garantizar la
disponibilidad 24 x 7 (best effort) de estos sistemas.
Tercera.
Especificaciones de los Servicios.
– @firma. Es una plataforma de validación y firma electrónica multi-PKI, que se pone
a disposición de las Administraciones Públicas, proporcionando servicios para
implementar la autenticación y firma electrónica avanzada de una forma rápida y
efectiva.
Información técnica del servicio. Disponible en la siguiente url:
– INSIDE. Sistema para la gestión de documentos y expedientes electrónicos que
cumple los requisitos para que ambos puedan almacenarse y/u obtenerse según el
Esquema Nacional de Interoperabilidad. Permite la gestión documental íntegramente
electrónica como paso previo al archivado definitivo de la documentación en un formato
interoperable y duradero.
Además, integra servicios de interconexión con la Administración de Justicia y otras
administraciones.
cve: BOE-A-2025-9189
Verificable en https://www.boe.es
https://administracionelectronica.gob.es/ctt/afirma
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61431
La puesta a disposición de los Servicios se realizará a través de la Red SARA
(Sistemas de Aplicaciones y Redes para las Administraciones), gestionada por la AEAD,
que adoptará las medidas de seguridad que garanticen la confidencialidad del tránsito de
la información intercambiada.
Estas soluciones se basan en tecnología que podrá ser actualizada o sustituida por
otra más avanzada o eficiente cuando, como consecuencia del desarrollo de las
Tecnologías de la Información y de la Comunicación, hayan quedado obsoletas las
aplicaciones o sistemas relacionados en el apartado anterior o se hayan producido
modificaciones normativas que afecten a las correspondientes especificaciones técnicas
y de seguridad.
2. Facilitar soporte técnico de segundo nivel, de acuerdo con lo establecido en la
cláusula cuarta del presente convenio.
Para el Banco de España:
1. Colaborar de forma estrecha en el ámbito del presente convenio, poniendo en
común los conocimientos técnicos y experiencias que permitan avanzar en la
incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la tramitación
administrativa.
2. Usar las herramientas de la AEAD conforme a sus especificaciones. Los
usuarios del Banco de España serán responsables del buen uso y gestión, en su propio
ámbito, del software y de todas las aplicaciones e infraestructuras. En todo caso, la
AEAD no responderá de ningún daño y perjuicio directo o indirecto que provenga del mal
empleo de los componentes o de incidencias en el acceso y uso del servicio por causas
ajenas a la infraestructura de la AEAD, debiendo los sistemas de información del Banco
de España cumplir los requisitos mínimos exigidos para el uso, que figuran en la
información proporcionada por la AEAD.
3. Dar soporte funcional e informático a sus usuarios.
4. Contribuir a la sostenibilidad técnica y funcional de los citados servicios, de
acuerdo con lo dispuesto en la cláusula quinta de este convenio.
Ambas partes se prestarán el soporte necesario para la solución de las incidencias
técnicas, de carácter informático de las aplicaciones que sustentan los citados servicios,
así como para el diseño de posibles evolutivos de los citados sistemas.
Las partes colaborarán y harán todo lo que esté en su mano para garantizar la
disponibilidad 24 x 7 (best effort) de estos sistemas.
Tercera.
Especificaciones de los Servicios.
– @firma. Es una plataforma de validación y firma electrónica multi-PKI, que se pone
a disposición de las Administraciones Públicas, proporcionando servicios para
implementar la autenticación y firma electrónica avanzada de una forma rápida y
efectiva.
Información técnica del servicio. Disponible en la siguiente url:
– INSIDE. Sistema para la gestión de documentos y expedientes electrónicos que
cumple los requisitos para que ambos puedan almacenarse y/u obtenerse según el
Esquema Nacional de Interoperabilidad. Permite la gestión documental íntegramente
electrónica como paso previo al archivado definitivo de la documentación en un formato
interoperable y duradero.
Además, integra servicios de interconexión con la Administración de Justicia y otras
administraciones.
cve: BOE-A-2025-9189
Verificable en https://www.boe.es
https://administracionelectronica.gob.es/ctt/afirma