Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9120)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Defensa y el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para la colaboración en la formación de personal funcionario en materias relativas a la Hacienda Pública, la Administración Económico-Financiera y el Derecho Tributario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Viernes 9 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 61035

La Dirección General de Asuntos Económicos del MINISDEF abonará al IEF el
importe del gasto que, por los conceptos especificados en el apartado 1.e) de la cláusula
Tercera, se haya devengado en las actividades formativas realizadas. Este importe
deberá hacerse efectivo en el mes siguiente al de la finalización de dichas actividades,
en la cuenta corriente que a tal efecto designe el IEF. Para ello, los responsables
técnicos del MINISDEF encargados de efectuar el seguimiento, la vigilancia y el control
de la ejecución del convenio, y de los compromisos adquiridos, una vez finalizadas cada
una de las actuaciones formativas organizadas, levantarán acta de la realización de las
mismas. En dicha acta se incluirá una memoria económica, con desglose de los gastos
realizados, y una memoria de actividades descriptiva de las acciones formativas
realizadas y su detalle. El importe abonado al IEF, de acuerdo con lo expuesto, se
imputará a la aplicación presupuestaria 14.03.121M2.226.06 (reuniones, conferencias y
cursos) del presupuesto de gastos del Ministerio de Defensa.
De la ejecución del presente convenio no se va a derivar ningún tipo de ingreso para
el MINISDEF.
Quinta.

Medidas de control y seguimiento.

Los responsables técnicos del MINISDEF y el IEF serán los encargados de efectuar
el seguimiento, la vigilancia y el control de la ejecución del convenio, y de los
compromisos adquiridos.
Solucionarán los conflictos que pudieran surgir en la interpretación de las dudas y
controversias, así como de cumplimiento, que se planteen en el desarrollo del presente
convenio.
Por parte del IEF el responsable técnico será un miembro de la Escuela de Hacienda
Pública.
Por parte de MINISDEF, el responsable será un Oficial del Órgano de Dirección de la
Dirección General de Asuntos Económicos.
Sexta. Protección de datos y confidencialidad.
En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter
personal, las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos:

– El MINISDEF está legitimado por Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
– IEF está legitimado tanto por el artículo 51 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre,
de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, por el que se crea, como por el
Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE de 27 de enero), por el que se aprueba el
Estatuto del organismo autónomo, entre cuyas funciones (artículo 3.f) se encuentra la
cooperación y coordinación con otros centros, universidades, etc., en materia de
estudios e investigación.

cve: BOE-A-2025-9120
Verificable en https://www.boe.es

1. En el tratamiento de los datos de carácter personal, las partes tendrán la
consideración de «Corresponsables del tratamiento» y asumen de mutuo acuerdo sus
respectivas responsabilidades especificadas en la presente cláusula, en aplicación del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
2. Los datos derivados de este convenio serán de carácter identificativo y
financiero, estrictamente necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el objeto
establecido en el mismo.
3. La base de legitimación para la obtención de los datos vendrá dada; por un lado,
por los fines del convenio; y por otro, de la legitimación de las partes dada su naturaleza.