Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-9133)
Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad Internacional de Andalucía, para la realización de prácticas académicas externas en el Instituto del Patrimonio Cultural de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Viernes 9 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 61128

– La docencia, la investigación y la formación para el ejercicio de actividades
profesionales, que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos,
humanísticos o técnicos o para la creación artística.
– El apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico de Andalucía
y de la comunidad internacional.
– La extensión de la cultura y el saber universitarios al entorno social, así como su
proyección internacional.
– El fomento de la colaboración y cooperación del Sistema Universitario Andaluz con
otras instituciones, universidades, centros de educación superior y centros de
investigación, nacionales y extranjeros.
– El fomento de la educación y cultura de la paz, encaminadas a la consecución de
una sociedad más justa, solidaria y tolerante, con especial énfasis hacia la cooperación
universitaria al desarrollo.
– La formación continuada y el perfeccionamiento profesional de los miembros de la
comunidad universitaria.
– El apoyo a la libertad de pensamiento, la creatividad, la participación, la innovación
y el espíritu crítico y riguroso.
– El impulso de la innovación en todas sus actividades: docentes, de investigación y
de gestión.
– La garantía de la incorporación de manera transversal del principio de igualdad de
oportunidades de mujeres y hombres en todas sus actuaciones, adoptando los acuerdos
y medidas necesarias para propiciar la igualdad de género.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos.
Tercero.
Ambas partes están interesadas en colaborar, dentro de sus respectivos ámbitos y
competencias, en la formación de los actuales o futuros profesionales, mediante la
puesta en común de un programa de formación práctico que permita la aplicación de los
conocimientos adquiridos por los estudiantes sobre la realidad de la conservación de los
bienes culturales.
Cuarto.

– Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que regula, entre
otras cuestiones, la elaboración y aprobación de los planes de estudio y la estructuración
de las enseñanzas universitarias en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado;
y otorga a las Universidades la posibilidad de establecer enseñanzas propias.
– Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.
– Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad.
– Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el Estatuto del
Estudiante Universitario.
– Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (en adelante, «LGSS»), en particular su

cve: BOE-A-2025-9133
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio cumple con lo dispuesto en los artículos 47 a 53 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante,
«LRJSP»), y por la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el
Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban
las instrucciones para la tramitación de convenios, así como con las siguientes normas: