Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9087)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ministerio de Hacienda, sobre intercambio de información en materia estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Jueves 8 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 60936

3. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución. Las causas de resolución son
las contempladas en el artículo 51.2 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
En el supuesto de resolución por incumplimiento de las obligaciones y compromisos
asumidos en virtud de este convenio por alguna de las partes, cualquiera de las partes
podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de
quince días con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este
requerimiento será comunicado a la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento del
convenio y a las demás partes firmantes.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las demás partes firmantes la concurrencia de la causa de
la resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Octava. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene carácter interadministrativo, y se rige por lo dispuesto en
los artículos 47 a 53 del capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En defecto de acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación y
Seguimiento, las cuestiones litigiosas que pudieran continuar sobre la interpretación y
ejecución del convenio serán resueltas conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, con expresa sumisión
de las partes a dicha jurisdicción en caso de conflicto.
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente documento, en la
fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente
documento la fecha del último firmante.
La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.–El Director General de la
Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.
ANEXO
Detalle de los intercambios periódicos de información entre el Ministerio de Hacienda
y la TGSS relativa a las Administraciones Públicas, los organismos y demás
entidades integrantes del Sector Público, así como de los datos de Seguridad Social
de los empleados públicos y de la periodicidad y fechas para su envío
Compromisos del Ministerio de Hacienda (MINHAC).
EL MINHAC, a través de la Central de Información Económico-Financiera de las
Administraciones Públicas, remitirá a la TGSS antes del quinto día hábil del mes siguiente,
por los canales y medios establecidos, la información de organismos y entes que se
encuentren sectorizados en términos de Contabilidad Nacional como pertenecientes al
Sector Público: Estatal, Autonómico y Local, incluyendo el campo identificador de la
entidad, al que se asociará la información de trabajadores afiliados a la Seguridad Social.

La TGSS facilitará al MINHAC, a través de la Central de Información EconómicoFinanciera de las Administraciones Públicas, con periodicidad mensual el día quince de
cada mes o siguiente día hábil, mediante los canales y modelos establecidos, la
información de los datos de afiliados a la Seguridad Social relativa al día quince o
siguiente día hábil del mes anterior, en dos ficheros cuyos campos contendrán el mismo
formato y longitud e incorporarán la siguiente información:
– Códigos de Cuenta de Cotización Públicos en Seguridad Social a la fecha de
referencia.

cve: BOE-A-2025-9087
Verificable en https://www.boe.es

Compromisos de la TGSS.