Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2025-9089)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la incorporación de sus unidades competentes al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 60946
Sexto.
Que, en cumplimiento de lo anterior, el Ministerio del Interior ha desarrollado una
aplicación informática que da soporte al «Sistema de Seguimiento Integral de los casos
de Violencia de Género», y que constituye un instrumento básico para:
a) Integrar la información policial, judicial y penitenciaria sobre dicho fenómeno y
sus circunstancias, que posibilite y garantice el necesario seguimiento y coordinación de
las actuaciones puestas en marcha para la protección de las víctimas.
b) Realizar la valoración del nivel de riesgo de nuevas agresiones, para graduar las
respuestas y las medidas policiales de protección.
c) Proporcionar esta información a los diversos operadores que intervienen en la
protección institucional.
Séptimo.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la aprobación del presente
convenio corresponde a la Consejera de Salud y Políticas Sociales de conformidad con
el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de julio de 2023, por el que se delega en los
Consejeros la competencia para aprobar los convenios y protocolos,
Resolución 262/2023, de 2 de agosto, de la Secretaría General Técnica de la Consejería
de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la
que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se delega
en los Consejeros la competencia para aprobar los convenios y protocolos.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
1. El presente convenio tiene por objeto establecer la coordinación y colaboración
entre ambas partes para llevar a cabo cuantas actuaciones se consideren necesarias
para la incorporación de usuarios adscritos a los distintos órganos, entidades,
organismos y unidades de la comunidad autónoma al Sistema de Seguimiento Integral
en los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén).
2. Será la Comisión de Seguimiento la que, mediante acuerdo, establezca cuáles
serán los órganos, entidades, organismos y unidades de la comunidad autónoma que
deban incorporarse al Sistema VioGén, siempre y cuando los mismos actúen para el
cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única.
Segunda.
Adecuación de los sistemas informáticos.
Tercera. Compromisos que asume la Secretaría de Estado de Seguridad a través de la
Administración Central del Sistema VioGén.
1. Habilitará en el ámbito de la comunidad autónoma a usuarios con perfil de
Administrador/es General/es, de los distintos órganos, organismos, entidades y unidades
autorizados por la Comisión de Seguimiento.
2. Asesorará y orientará a los nuevos usuarios en la utilización del sistema y
conocimiento oportuno de los manuales de usuario.
cve: BOE-A-2025-9089
Verificable en https://www.boe.es
Los Servicios Técnicos del Ministerio de Interior y los de la comunidad autónoma
estudiarán conjuntamente los procedimientos necesarios para adecuar sus sistemas
informáticos y permitir las conexiones necesarias, ejecutándolas cada uno en su ámbito
competencial.
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 60946
Sexto.
Que, en cumplimiento de lo anterior, el Ministerio del Interior ha desarrollado una
aplicación informática que da soporte al «Sistema de Seguimiento Integral de los casos
de Violencia de Género», y que constituye un instrumento básico para:
a) Integrar la información policial, judicial y penitenciaria sobre dicho fenómeno y
sus circunstancias, que posibilite y garantice el necesario seguimiento y coordinación de
las actuaciones puestas en marcha para la protección de las víctimas.
b) Realizar la valoración del nivel de riesgo de nuevas agresiones, para graduar las
respuestas y las medidas policiales de protección.
c) Proporcionar esta información a los diversos operadores que intervienen en la
protección institucional.
Séptimo.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la aprobación del presente
convenio corresponde a la Consejera de Salud y Políticas Sociales de conformidad con
el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de julio de 2023, por el que se delega en los
Consejeros la competencia para aprobar los convenios y protocolos,
Resolución 262/2023, de 2 de agosto, de la Secretaría General Técnica de la Consejería
de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la
que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se delega
en los Consejeros la competencia para aprobar los convenios y protocolos.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
1. El presente convenio tiene por objeto establecer la coordinación y colaboración
entre ambas partes para llevar a cabo cuantas actuaciones se consideren necesarias
para la incorporación de usuarios adscritos a los distintos órganos, entidades,
organismos y unidades de la comunidad autónoma al Sistema de Seguimiento Integral
en los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén).
2. Será la Comisión de Seguimiento la que, mediante acuerdo, establezca cuáles
serán los órganos, entidades, organismos y unidades de la comunidad autónoma que
deban incorporarse al Sistema VioGén, siempre y cuando los mismos actúen para el
cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única.
Segunda.
Adecuación de los sistemas informáticos.
Tercera. Compromisos que asume la Secretaría de Estado de Seguridad a través de la
Administración Central del Sistema VioGén.
1. Habilitará en el ámbito de la comunidad autónoma a usuarios con perfil de
Administrador/es General/es, de los distintos órganos, organismos, entidades y unidades
autorizados por la Comisión de Seguimiento.
2. Asesorará y orientará a los nuevos usuarios en la utilización del sistema y
conocimiento oportuno de los manuales de usuario.
cve: BOE-A-2025-9089
Verificable en https://www.boe.es
Los Servicios Técnicos del Ministerio de Interior y los de la comunidad autónoma
estudiarán conjuntamente los procedimientos necesarios para adecuar sus sistemas
informáticos y permitir las conexiones necesarias, ejecutándolas cada uno en su ámbito
competencial.