Ministerio de Ciencia, Innovación y UniversidadesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Bienes de interés cultural. (BOE-B-2025-16139)
Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2025 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 24363
con mayor valoración, por orden de prelación. El crédito reservado para empresas
lideradas por mujeres que no se agote se acumulará a la línea general.
Cuarto. -Características de las ayudas.
Las ayudas de la convocatoria consistirán en subvenciones. Con carácter
general, se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación,
con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por entidad beneficiaria.
En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor,
en los términos previstos en la convocatoria, se podrá financiar hasta el 85% del
presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de
325.000 euros por entidad beneficiaria.
Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000
euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en la
convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados en el mismo.
El presupuesto mínimo financiable de la actuación deberá ser de 175.000
euros y máximo financiable de 750.000 euros, sin contar los gastos de formación
previstos en la convocatoria.
Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo
caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse el 1 de enero de 2026, y
podrán finalizar el 31 de diciembre de 2026, en el caso de que el proyecto tenga
una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2027, si el proyecto tiene una
duración de dos años.
Quinto. - Costes elegibles.
Se financiarán, como costes directos de ejecución, todos los gastos destinados
a la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas
innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios
para el desarrollo de este.
En concreto, se podrán financiar los siguientes gastos: la adquisición de
activos fijos, materiales e inmateriales, gastos de personal, costes de materiales y
consumibles, costes de contratación de servicios externos y subcontrataciones y
otros costes como: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud
y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros, así
como gastos de promoción y difusión y gastos de formación, gastos de viajes
vinculados a actividades de formación y gastos derivados del informe de auditor.
Sexto. Bases reguladoras.
Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el CDTI, en el marco del
Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará
el día 12 de mayo y finalizará el día 12 de junio de 2025, a las 12:00 horas del
mediodía, hora peninsular.
cve: BOE-B-2025-16139
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 24363
con mayor valoración, por orden de prelación. El crédito reservado para empresas
lideradas por mujeres que no se agote se acumulará a la línea general.
Cuarto. -Características de las ayudas.
Las ayudas de la convocatoria consistirán en subvenciones. Con carácter
general, se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación,
con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por entidad beneficiaria.
En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor,
en los términos previstos en la convocatoria, se podrá financiar hasta el 85% del
presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de
325.000 euros por entidad beneficiaria.
Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000
euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en la
convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados en el mismo.
El presupuesto mínimo financiable de la actuación deberá ser de 175.000
euros y máximo financiable de 750.000 euros, sin contar los gastos de formación
previstos en la convocatoria.
Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo
caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse el 1 de enero de 2026, y
podrán finalizar el 31 de diciembre de 2026, en el caso de que el proyecto tenga
una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2027, si el proyecto tiene una
duración de dos años.
Quinto. - Costes elegibles.
Se financiarán, como costes directos de ejecución, todos los gastos destinados
a la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas
innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios
para el desarrollo de este.
En concreto, se podrán financiar los siguientes gastos: la adquisición de
activos fijos, materiales e inmateriales, gastos de personal, costes de materiales y
consumibles, costes de contratación de servicios externos y subcontrataciones y
otros costes como: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud
y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros, así
como gastos de promoción y difusión y gastos de formación, gastos de viajes
vinculados a actividades de formación y gastos derivados del informe de auditor.
Sexto. Bases reguladoras.
Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el CDTI, en el marco del
Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará
el día 12 de mayo y finalizará el día 12 de junio de 2025, a las 12:00 horas del
mediodía, hora peninsular.
cve: BOE-B-2025-16139
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109