Ministerio de Ciencia, Innovación y UniversidadesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Bienes de interés cultural. (BOE-B-2025-16139)
Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2025 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 24362

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

16139

Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2025 de la Presidencia del
Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI) por
la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 del procedimiento
de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales
de empresas innovadoras (Programa NEOTEC).

BDNS(Identif.):829858
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
829858)
Primero. -Objeto y actividades de la ayuda.
Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos
empresariales de empresas innovadoras, que requieran el uso de tecnologías o
conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la
estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito
tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los
proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en
servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de
ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la
continuidad en el desarrollo de tecnología.
Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la
empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de
conocimiento.
Segundo. -Entidades beneficiarias.
Podrán adquirir la condición de beneficiarias las sociedades mercantiles, que
sean consideradas pequeñas empresas, conforme a la definición establecida en el
artículo 3, apartado 1.a) y en el apartado 10 del Anexo de la Orden CNU/161/2025,
de 7 de febrero, que cumplan además los requisitos para considerarse empresa
innovadora, según lo establecido en el apartado 6 del Anexo de la referida Orden,
siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia,
su residencia fiscal en España y cumplan el resto de requisitos establecidos en la
convocatoria.

El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 20.000.000 euros, que
se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI.
Dentro del presupuesto disponible, se reservará un importe mínimo de
5.000.000 euros para empresas lideradas por mujeres, en los términos
establecidos en el Anexo IV de la convocatoria, siempre que no hayan obtenido
financiación con cargo al presupuesto restante, que se adjudicará a las solicitudes

cve: BOE-B-2025-16139
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. - Financiación.