Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-8853)
Resolución de 29 de abril de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca concurso para provisión de puestos de trabajo adscritos al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Lunes 5 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 59973
los datos obrantes en los archivos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sin
perjuicio de la posibilidad por parte de la persona interesada de acompañar la
documentación adicional que considere oportuna, conforme a lo establecido en las
Resoluciones de 25 de julio de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de agosto) y 3
de junio de 2005 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de junio).
2. Los méritos generales del resto del personal funcionario deberán ser acreditados
mediante certificación, según modelo que figura como anexo III de esta resolución.
3. La certificación deberá ser expedida:
a) Si se tiene destino en servicios centrales de Ministerios u Organismos Públicos,
por la Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos
Ministeriales o la Secretaría General o similar de los Organismos Públicos, sin perjuicio
de lo previsto en el epígrafe c) de este apartado.
b) Si se tiene destino en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial,
respectivamente, de Ministerios u Organismos Autónomos, por las Secretarías
Generales de las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno,
sin perjuicio de lo dispuesto en el epígrafe c) siguiente.
c) Si el destino es en el Ministerio de Defensa, por la Subdirección General de
Personal Civil del Departamento, en el caso de personal funcionario destinado, o cuyo
último destino definitivo haya sido dicho Departamento en Madrid y los Delegados de
Defensa en el caso de personal funcionario destinado o cuyo último destino definitivo
haya sido en los servicios periféricos de tal Ministerio.
d) A quienes se encuentren en servicio en otras Administraciones Públicas, por el
órgano competente en materia de personal de la Administración de destino.
e) Las certificaciones para el personal que se encuentre en situación administrativa
distinta a la de activo, con derecho a reserva de puesto de trabajo, serán expedidas por
las unidades de personal donde hubieren tenido su último destino en servicio activo.
f) Las certificaciones para las personas que se encuentren en situación
administrativa distinta a la de activo, sin derecho a reserva de puesto de trabajo, serán
expedidas: por la Dirección General de la Función Pública, dependiente de la Secretaría
de Estado para la Función Pública, para el personal funcionario perteneciente a Cuerpos
o Escalas adscritos al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública,
en el caso de personal funcionario perteneciente a Cuerpos o Escalas adscritos a otros
Departamentos, por el ministerio correspondiente.
Séptima.
1. La propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos de trabajo se efectuará
atendiendo a la puntuación total máxima obtenida, siempre que se hayan superado las
correspondientes puntuaciones mínimas exigidas.
2. En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a lo dispuesto en
el apartado 4 del artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
1. Los méritos serán valorados por una comisión, nombrada por la Dirección del
Departamento de Recursos Humanos, cuya composición será la siguiente: el titular de la
Dirección Adjunta de Recursos Humanos o el titular de la Subdirección General de
Gestión Administrativa de Personal o alguno de los titulares de las Subdirecciones
Generales o de las Subdirecciones Generales Adjuntas del Departamento de Recursos
Humanos, que ostentará la Presidencia; tres Vocales designados entre personas
destinadas en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a propuesta del
Departamento de Recursos Humanos, dos vocales en representación de cada uno de los
cve: BOE-A-2025-8853
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Octava.
Núm. 108
Lunes 5 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 59973
los datos obrantes en los archivos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sin
perjuicio de la posibilidad por parte de la persona interesada de acompañar la
documentación adicional que considere oportuna, conforme a lo establecido en las
Resoluciones de 25 de julio de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de agosto) y 3
de junio de 2005 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de junio).
2. Los méritos generales del resto del personal funcionario deberán ser acreditados
mediante certificación, según modelo que figura como anexo III de esta resolución.
3. La certificación deberá ser expedida:
a) Si se tiene destino en servicios centrales de Ministerios u Organismos Públicos,
por la Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos
Ministeriales o la Secretaría General o similar de los Organismos Públicos, sin perjuicio
de lo previsto en el epígrafe c) de este apartado.
b) Si se tiene destino en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial,
respectivamente, de Ministerios u Organismos Autónomos, por las Secretarías
Generales de las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno,
sin perjuicio de lo dispuesto en el epígrafe c) siguiente.
c) Si el destino es en el Ministerio de Defensa, por la Subdirección General de
Personal Civil del Departamento, en el caso de personal funcionario destinado, o cuyo
último destino definitivo haya sido dicho Departamento en Madrid y los Delegados de
Defensa en el caso de personal funcionario destinado o cuyo último destino definitivo
haya sido en los servicios periféricos de tal Ministerio.
d) A quienes se encuentren en servicio en otras Administraciones Públicas, por el
órgano competente en materia de personal de la Administración de destino.
e) Las certificaciones para el personal que se encuentre en situación administrativa
distinta a la de activo, con derecho a reserva de puesto de trabajo, serán expedidas por
las unidades de personal donde hubieren tenido su último destino en servicio activo.
f) Las certificaciones para las personas que se encuentren en situación
administrativa distinta a la de activo, sin derecho a reserva de puesto de trabajo, serán
expedidas: por la Dirección General de la Función Pública, dependiente de la Secretaría
de Estado para la Función Pública, para el personal funcionario perteneciente a Cuerpos
o Escalas adscritos al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública,
en el caso de personal funcionario perteneciente a Cuerpos o Escalas adscritos a otros
Departamentos, por el ministerio correspondiente.
Séptima.
1. La propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos de trabajo se efectuará
atendiendo a la puntuación total máxima obtenida, siempre que se hayan superado las
correspondientes puntuaciones mínimas exigidas.
2. En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a lo dispuesto en
el apartado 4 del artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
1. Los méritos serán valorados por una comisión, nombrada por la Dirección del
Departamento de Recursos Humanos, cuya composición será la siguiente: el titular de la
Dirección Adjunta de Recursos Humanos o el titular de la Subdirección General de
Gestión Administrativa de Personal o alguno de los titulares de las Subdirecciones
Generales o de las Subdirecciones Generales Adjuntas del Departamento de Recursos
Humanos, que ostentará la Presidencia; tres Vocales designados entre personas
destinadas en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a propuesta del
Departamento de Recursos Humanos, dos vocales en representación de cada uno de los
cve: BOE-A-2025-8853
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Octava.