Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-8853)
Resolución de 29 de abril de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca concurso para provisión de puestos de trabajo adscritos al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Lunes 5 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 59966

Segunda.
1. Podrá participar el personal funcionario comprendido en la Base primera,
cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras
dure la suspensión, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los
requisitos determinados en la presente convocatoria.
2. Deberán participar quienes, estando incluidos en la Base primera, se encuentren
en adscripción provisional en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, si se
convoca el puesto de trabajo que estén desempeñando.
3. Las personas en situación administrativa de expectativa de destino y excedencia
forzosa están obligadas a concursar, de acuerdo con lo establecido en los apartados 5
y 6 del artículo 29 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la
Función Pública.
4. Las personas con destino definitivo sólo podrán participar en el presente
concurso si han transcurrido dos años desde la toma de posesión de su último destino,
salvo que ocupen un puesto de trabajo en el ámbito de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria o en la Secretaría de Estado de Hacienda.
5. A quienes hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por
integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se les
computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto de trabajo en el Cuerpo o
Escala de procedencia, a efectos de lo dispuesto en el apartado 4 de esta base.
6. Quienes estén en situación administrativa de servicio en otras Administraciones
Públicas sólo podrán participar en el concurso si han transcurrido dos años desde su
pase a dicha situación.
7. Quienes estén en situación administrativa de servicios especiales o de
excedencia por cuidado de familiares sólo podrán participar si en la fecha de terminación
del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de
posesión del último destino, cuando éste tuviera carácter definitivo, salvo que se de
alguno de los supuestos del apartado 4 anterior.
8. Quienes estén en situación de excedencia voluntaria por interés particular y
excedencia voluntaria por agrupación familiar sólo podrán participar si llevan más de dos
años en dicha situación.
9. Cuando, por razones de convivencia familiar, dos personas que concursan estén
interesadas en obtener puestos de trabajo en una misma localidad, podrán condicionar
en la solicitud sus peticiones al hecho de que ambas lo obtengan, entendiéndose, en
caso contrario, anulada la petición efectuada por cada una de ellas. En este caso,
deberán acompañar a su solicitud fotocopia de la petición de la otra persona.
Si la solicitud se presenta por el sistema telemático se deberá hacer constar
expresamente la relación de localidades a las que se condiciona la misma.
Una vez presentada la solicitud condicionada no se podrá dejar sin efectos el
condicionamiento inicial.
10. Quienes procedan de la situación administrativa de suspensión de funciones
acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de haber finalizado el período de
suspensión.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado
como anexo II de esta resolución y dirigidas la Dirección General de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria (Departamento de Recursos Humanos, calle Lérida,
n.º 32-34, 28020 Madrid), se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, en el Registro de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, en los Registros Generales del Ministerio
de Hacienda, en el de la respectiva Unidad de ámbito periférico, según la localización de
los puestos de trabajo, o en los Registros a que se refiere el apartado 4 del artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las

cve: BOE-A-2025-8853
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Tercera.