Comunidad Autónoma Del País Vasco. III. Otras disposiciones. Entidades de inspección y control. (BOE-A-2025-8904)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección de Desarrollo y Administración Industrial, del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, por el que se modifica la de 4 de agosto de 2017, de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se designa a Tecnalia R&I Certificación, SL, como organismo de control metrológico de contadores de energía eléctrica estáticos combinados, en los módulos de evaluación de la conformidad B, D y F.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Lunes 5 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 60177
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección de Desarrollo y
Administración Industrial, del Departamento de Industria, Transición
Energética y Sostenibilidad, por el que se modifica la de 4 de agosto de 2017,
de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se
designa a Tecnalia R&I Certificación, SL, como organismo de control
metrológico de contadores de energía eléctrica estáticos combinados, en los
módulos de evaluación de la conformidad B, D y F.
Mediante Resolución de 4 de agosto de 2017, del Director de Energía, Minas y
Administración Industrial, del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras,
se designó a la entidad Tecnalia R&I Certificación, S.L., con domicilio a efectos de
notificaciones en calle Anardi, número 5, 20730 de Azpeitia, Gipuzkoa, como organismo
de control metrológico de contadores de energía eléctrica estáticos combinados, activa,
clases A, B y C, y reactiva, clases 2 y 3, a instalar en suministros de energía eléctrica
hasta una potencia de 15 kW de activa que incorporan dispositivos de discriminación
horaria y telegestión, en los módulos de evaluación de la conformidad B, D y F.
El alcance de la citada designación se basó en los instrumentos incluidos en la
acreditación emitida por la Entidad Nacional de Acreditación, con número OC-P/409 y su
anexo técnico, con las limitaciones de alcance y rangos de medida establecidos en la
misma. Por este motivo, tal y como queda recogido en el resuelvo primero de la citada
resolución, cualquier modificación producida en el anexo técnico de dicha acreditación
debe ser comunicada a esta Dirección en un plazo máximo de diez días y previo a su
aplicación como organismo de control metrológico.
La entidad ha comunicado a esta Dirección, por un lado, su cambio de
denominación, según lo cual pasa a denominarse CERTINALIA, S.L.U. y, por otro lado,
la Rev. 5, de fecha 13 de septiembre de 2024, emitida por la Entidad Nacional de
Acreditación, de su certificado de acreditación número 125/C-PR365.
A fecha de hoy, esta entidad se encuentra acreditada para el control en fase de
comercialización y puesta en servicio de contadores de energía eléctrica activa con
opción de medida de energía reactiva, de discriminación horaria y de telegestión, en el
módulo de conformidad B, de acuerdo con el certificado de acreditación número 125/CPR365 y su anexo técnico, Rev. 5 de fecha 13 de septiembre de 2024, emitido por la
Entidad Nacional de Acreditación.
Una vez examinada la documentación presentada, se comprueba que esta entidad
continúa cumpliendo con las prescripciones legales y reglamentarias establecidas en la
Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología (BOE número 309, de 23 de diciembre
de 2014), y en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, donde se establecen los
requisitos y las condiciones técnicas para la designación de organismos de control
metrológico.
La Dirección de Desarrollo y Administración Industrial es el órgano competente para
la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 12 del
Decreto 410/2024, de 3 de diciembre (BOPV de 10 de diciembre de 2024), por el que se
establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición
Energética y Sostenibilidad.
La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de
medida está constituida por la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, y el Real
Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014.
cve: BOE-A-2025-8904
Verificable en https://www.boe.es
8904
Núm. 108
Lunes 5 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 60177
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección de Desarrollo y
Administración Industrial, del Departamento de Industria, Transición
Energética y Sostenibilidad, por el que se modifica la de 4 de agosto de 2017,
de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se
designa a Tecnalia R&I Certificación, SL, como organismo de control
metrológico de contadores de energía eléctrica estáticos combinados, en los
módulos de evaluación de la conformidad B, D y F.
Mediante Resolución de 4 de agosto de 2017, del Director de Energía, Minas y
Administración Industrial, del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras,
se designó a la entidad Tecnalia R&I Certificación, S.L., con domicilio a efectos de
notificaciones en calle Anardi, número 5, 20730 de Azpeitia, Gipuzkoa, como organismo
de control metrológico de contadores de energía eléctrica estáticos combinados, activa,
clases A, B y C, y reactiva, clases 2 y 3, a instalar en suministros de energía eléctrica
hasta una potencia de 15 kW de activa que incorporan dispositivos de discriminación
horaria y telegestión, en los módulos de evaluación de la conformidad B, D y F.
El alcance de la citada designación se basó en los instrumentos incluidos en la
acreditación emitida por la Entidad Nacional de Acreditación, con número OC-P/409 y su
anexo técnico, con las limitaciones de alcance y rangos de medida establecidos en la
misma. Por este motivo, tal y como queda recogido en el resuelvo primero de la citada
resolución, cualquier modificación producida en el anexo técnico de dicha acreditación
debe ser comunicada a esta Dirección en un plazo máximo de diez días y previo a su
aplicación como organismo de control metrológico.
La entidad ha comunicado a esta Dirección, por un lado, su cambio de
denominación, según lo cual pasa a denominarse CERTINALIA, S.L.U. y, por otro lado,
la Rev. 5, de fecha 13 de septiembre de 2024, emitida por la Entidad Nacional de
Acreditación, de su certificado de acreditación número 125/C-PR365.
A fecha de hoy, esta entidad se encuentra acreditada para el control en fase de
comercialización y puesta en servicio de contadores de energía eléctrica activa con
opción de medida de energía reactiva, de discriminación horaria y de telegestión, en el
módulo de conformidad B, de acuerdo con el certificado de acreditación número 125/CPR365 y su anexo técnico, Rev. 5 de fecha 13 de septiembre de 2024, emitido por la
Entidad Nacional de Acreditación.
Una vez examinada la documentación presentada, se comprueba que esta entidad
continúa cumpliendo con las prescripciones legales y reglamentarias establecidas en la
Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología (BOE número 309, de 23 de diciembre
de 2014), y en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, donde se establecen los
requisitos y las condiciones técnicas para la designación de organismos de control
metrológico.
La Dirección de Desarrollo y Administración Industrial es el órgano competente para
la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 12 del
Decreto 410/2024, de 3 de diciembre (BOPV de 10 de diciembre de 2024), por el que se
establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición
Energética y Sostenibilidad.
La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de
medida está constituida por la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, y el Real
Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014.
cve: BOE-A-2025-8904
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