Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2025-8787)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de Aragón, para la realización de un curso de incapacidad temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59800
hayan presentado un mayor número de solicitudes de participación que las asignadas;
en segundo lugar, se atenderá a la fecha de presentación de la solicitud.
Si aplicando los anteriores criterios de asignación de vacantes, no se consiguiera
completar las plazas disponibles en el curso, el INSS podrá solicitar nuevamente una
nueva propuesta de alumnos a las Comunidades Autónomas e INGESA atendiendo
nuevamente a los criterios de selección anteriormente expuestos.
2. El pago de la actividad formativa prevista en este convenio se efectuará
conforme a las siguientes actuaciones:
Finalizada cada una de las ediciones de la actividad formativa, la UAH remitirá una
factura a la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Aragón en la que se
indicará el importe total a satisfacer por los alumnos matriculados, la expedición del
certificado de los alumnos que hayan superado el curso y su envío a estos, así como
el importe derivado del canon a satisfacer como consecuencia de las plazas no
matriculadas de las inicialmente asignadas, si hubiera lugar a ello.
La Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Aragón procederá a
efectuar el pago de la factura recibida en el plazo de quince días hábiles siguientes a la
fecha de recepción de la factura. De no efectuar el pago en el plazo señalado
anteriormente, la UAH se dirigirá nuevamente a la Consejería de Sanidad de la
Comunidad Autónoma de Aragón, reclamando el pago de la factura en el plazo de diez
días hábiles siguientes a la fecha de recepción de esta reclamación.
En caso de no efectuarse el pago en los plazos señalados, la UAH procederá:
– A no emitir un informe final para el INSS sobre el rendimiento de los alumnos
participantes en dicho curso en modalidad virtual correspondientes a la Comunidad
Autónoma de Aragón.
– A no posibilitar la participación de la Comunidad Autónoma de Aragón, en la
siguiente edición de la actividad formativa.
En consecuencia, la participación de los médicos asistenciales de la Comunidad
Autónoma de Aragón en las ediciones sucesivas de la actividad formativa, estará
condicionada al abono de la factura correspondiente a la edición previa del curso por
parte de esta Comunidad Autónoma, conforme al procedimiento y plazos fijados en este
apartado.
El importe de las facturas que deberán pagar las Comunidades Autónomas e
INGESA será ingresado en la cuenta corriente que la UAH indicará en las facturas.
Sexta.
Duración y ediciones de la actividad formativa y asignación de alumnos.
– Año 2025. 1.ª edición del curso que corresponde al año académico 2025/2026.
– Año 2026. 2.ª edición del curso que corresponde al año académico 2025/2026,
y 3.ª edición que corresponde al año académico 2026/2027.
– Año 2027. 4.ª edición del curso que corresponde al año académico 2026/2027,
y la 5.ª edición que corresponde al año académico 2027/2028.
– Año 2028. 6.ª edición del curso que corresponde al año académico 2027/2028,
y la 7.ª edición que corresponde al año académico 2028/2029 (se realiza en el
año 2028).
cve: BOE-A-2025-8787
Verificable en https://www.boe.es
La duración del curso será de ocho semanas, y se prevé la celebración de siete
ediciones del curso que se desarrollarán a lo largo de los ejercicios 2025-2028
distribuidas de la siguiente manera: Una edición del curso en 2025, y dos ediciones del
curso en cada uno de los ejercicios 2026, 2027 y 2028.
A continuación, señalamos la correspondencia de cada una de las siete ediciones del
curso previstas con los años académicos de la UAH:
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59800
hayan presentado un mayor número de solicitudes de participación que las asignadas;
en segundo lugar, se atenderá a la fecha de presentación de la solicitud.
Si aplicando los anteriores criterios de asignación de vacantes, no se consiguiera
completar las plazas disponibles en el curso, el INSS podrá solicitar nuevamente una
nueva propuesta de alumnos a las Comunidades Autónomas e INGESA atendiendo
nuevamente a los criterios de selección anteriormente expuestos.
2. El pago de la actividad formativa prevista en este convenio se efectuará
conforme a las siguientes actuaciones:
Finalizada cada una de las ediciones de la actividad formativa, la UAH remitirá una
factura a la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Aragón en la que se
indicará el importe total a satisfacer por los alumnos matriculados, la expedición del
certificado de los alumnos que hayan superado el curso y su envío a estos, así como
el importe derivado del canon a satisfacer como consecuencia de las plazas no
matriculadas de las inicialmente asignadas, si hubiera lugar a ello.
La Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Aragón procederá a
efectuar el pago de la factura recibida en el plazo de quince días hábiles siguientes a la
fecha de recepción de la factura. De no efectuar el pago en el plazo señalado
anteriormente, la UAH se dirigirá nuevamente a la Consejería de Sanidad de la
Comunidad Autónoma de Aragón, reclamando el pago de la factura en el plazo de diez
días hábiles siguientes a la fecha de recepción de esta reclamación.
En caso de no efectuarse el pago en los plazos señalados, la UAH procederá:
– A no emitir un informe final para el INSS sobre el rendimiento de los alumnos
participantes en dicho curso en modalidad virtual correspondientes a la Comunidad
Autónoma de Aragón.
– A no posibilitar la participación de la Comunidad Autónoma de Aragón, en la
siguiente edición de la actividad formativa.
En consecuencia, la participación de los médicos asistenciales de la Comunidad
Autónoma de Aragón en las ediciones sucesivas de la actividad formativa, estará
condicionada al abono de la factura correspondiente a la edición previa del curso por
parte de esta Comunidad Autónoma, conforme al procedimiento y plazos fijados en este
apartado.
El importe de las facturas que deberán pagar las Comunidades Autónomas e
INGESA será ingresado en la cuenta corriente que la UAH indicará en las facturas.
Sexta.
Duración y ediciones de la actividad formativa y asignación de alumnos.
– Año 2025. 1.ª edición del curso que corresponde al año académico 2025/2026.
– Año 2026. 2.ª edición del curso que corresponde al año académico 2025/2026,
y 3.ª edición que corresponde al año académico 2026/2027.
– Año 2027. 4.ª edición del curso que corresponde al año académico 2026/2027,
y la 5.ª edición que corresponde al año académico 2027/2028.
– Año 2028. 6.ª edición del curso que corresponde al año académico 2027/2028,
y la 7.ª edición que corresponde al año académico 2028/2029 (se realiza en el
año 2028).
cve: BOE-A-2025-8787
Verificable en https://www.boe.es
La duración del curso será de ocho semanas, y se prevé la celebración de siete
ediciones del curso que se desarrollarán a lo largo de los ejercicios 2025-2028
distribuidas de la siguiente manera: Una edición del curso en 2025, y dos ediciones del
curso en cada uno de los ejercicios 2026, 2027 y 2028.
A continuación, señalamos la correspondencia de cada una de las siete ediciones del
curso previstas con los años académicos de la UAH: