Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-8775)
Resolución de 1 de abril de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la creación del Aula Universidad Dirección General de la Marina Mercante en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
c)
d)
e)
f)
g)
Sec. III. Pág. 59664
Organización de conferencias y seminarios.
Encuentros de expertos en el área de interés del Aula.
Apoyo a la realización de proyectos fin de carrera.
Promoción de experiencias de cooperación educativa.
Colaboración en planes de formación de la empresa.
En concreto, a través del Aula DGMM, se ofertará anualmente, al menos una beca
de prácticas en DGMM.
Los cursos o iniciativas se ofrecerán únicamente por la UPM y no pueden llevar
ningún tipo de contraprestación o beneficio económico.
2.
Actividades de difusión y transferencia de conocimiento:
a) Realización de jornadas de divulgación técnica y tecnológica.
b) Publicaciones sobre temas de interés en el ámbito del Aula.
c) Promoción de acontecimientos científicos y técnicos.
d) Asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas
entidades.
3. Se podrán llevar a cabo cuantas otras actividades de formación o de difusión que
sean consideradas de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de las Partes y de
las actividades que constituyen el objeto del Aula.
Tercera.
Difusión del Aula DGMM.
Tanto la UPM como la DGMM se comprometen a divulgar la existencia del Aula
DGMM y las actividades que se lleven a cabo, así como a promover la participación y
colaboración de ambas instituciones en todas las actividades que realice el Aula
Universidad-Empresa.
Cuarta. Dirección del Aula DGMM.
El director del Aula será un profesor de la UPM que responderá a un perfil
profesional, técnico y científico reconocido en el ámbito temático del Aula, nombrado por
el Rector de la UPM.
Serán funciones del director:
a) La promoción y dirección de las actividades del Aula DGMM.
b) La planificación, seguimiento y ejecución de las funciones encomendadas por la
Comisión de Seguimiento, caso de que esta exista.
c) La elaboración y presentación de la Memoria anual al Vicerrectorado de
Investigación, Innovación y Doctorado y a la DGMM.
Comisión de Seguimiento de las actividades del Aula DGMM.
1. Para la puesta en marcha de las actividades que se realicen en el Aula, su
seguimiento y cumplimiento, se constituirá una Comisión de Seguimiento en el plazo de
un mes a contar desde que el convenio surta efectos. Antes del cumplimiento del citado
plazo, las entidades firmantes deberán designar dos representantes cada una de ellas
que formarán parte de la comisión.
2. A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes
funciones:
a) La aprobación anual del plan de actividades.
b) La aprobación del presupuesto anual.
c) La realización del seguimiento y el control de la ejecución del plan de actividades
y del presupuesto.
cve: BOE-A-2025-8775
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
c)
d)
e)
f)
g)
Sec. III. Pág. 59664
Organización de conferencias y seminarios.
Encuentros de expertos en el área de interés del Aula.
Apoyo a la realización de proyectos fin de carrera.
Promoción de experiencias de cooperación educativa.
Colaboración en planes de formación de la empresa.
En concreto, a través del Aula DGMM, se ofertará anualmente, al menos una beca
de prácticas en DGMM.
Los cursos o iniciativas se ofrecerán únicamente por la UPM y no pueden llevar
ningún tipo de contraprestación o beneficio económico.
2.
Actividades de difusión y transferencia de conocimiento:
a) Realización de jornadas de divulgación técnica y tecnológica.
b) Publicaciones sobre temas de interés en el ámbito del Aula.
c) Promoción de acontecimientos científicos y técnicos.
d) Asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas
entidades.
3. Se podrán llevar a cabo cuantas otras actividades de formación o de difusión que
sean consideradas de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de las Partes y de
las actividades que constituyen el objeto del Aula.
Tercera.
Difusión del Aula DGMM.
Tanto la UPM como la DGMM se comprometen a divulgar la existencia del Aula
DGMM y las actividades que se lleven a cabo, así como a promover la participación y
colaboración de ambas instituciones en todas las actividades que realice el Aula
Universidad-Empresa.
Cuarta. Dirección del Aula DGMM.
El director del Aula será un profesor de la UPM que responderá a un perfil
profesional, técnico y científico reconocido en el ámbito temático del Aula, nombrado por
el Rector de la UPM.
Serán funciones del director:
a) La promoción y dirección de las actividades del Aula DGMM.
b) La planificación, seguimiento y ejecución de las funciones encomendadas por la
Comisión de Seguimiento, caso de que esta exista.
c) La elaboración y presentación de la Memoria anual al Vicerrectorado de
Investigación, Innovación y Doctorado y a la DGMM.
Comisión de Seguimiento de las actividades del Aula DGMM.
1. Para la puesta en marcha de las actividades que se realicen en el Aula, su
seguimiento y cumplimiento, se constituirá una Comisión de Seguimiento en el plazo de
un mes a contar desde que el convenio surta efectos. Antes del cumplimiento del citado
plazo, las entidades firmantes deberán designar dos representantes cada una de ellas
que formarán parte de la comisión.
2. A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes
funciones:
a) La aprobación anual del plan de actividades.
b) La aprobación del presupuesto anual.
c) La realización del seguimiento y el control de la ejecución del plan de actividades
y del presupuesto.
cve: BOE-A-2025-8775
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.