Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2025-8725)
Resolución de 24 de abril de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad, NIA-ES 260 (Revisada) y Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, NIA-ES 700 (Revisada).
95 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59034
FORMACIÓN DE LA OPINIÓN Y EMISIÓN DEL INFORME DE AUDITORÍA
SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
NIA
ADAPTADO A LA NORMATIVA ESPANOLA
Ejemplo 2 – Informe de auditoría sobre
estados financieros consolidados de una
entidad cotizada preparados de conformidad
con un marco de imagen fiel.
Ejemplo 2 – Informe de auditoría sobre
cuentas anuales consolidadas de un grupo
formado por una entidad de interés público y
sus sociedades dependientes formuladas de
conformidad con el marco normativo de
información financiera aplicable en España (en
este caso, Normas Internacionales de
Información Financiera adoptadas por la
Unión Europea). (Informe previsto en el
artículo 35 de la LAC).
Este ejemplo de informe de auditoría está Este ejemplo de informe de auditoría está
basado en que concurren las siguientes basado en que concurren las siguientes
circunstancias:
circunstancias:
Auditoría de un conjunto completo de •
estados financieros consolidados de una
entidad
cotizada
preparados
de
conformidad con un marco de imagen fiel.
Se trata de la auditoría de grupo de una
entidad con dependientes (es decir, es
aplicable la NIA 600 (Revisada)).
•
Los estados financieros consolidados han
sido preparados por la dirección de la
entidad de conformidad con las NIIF (un
marco de información con fines
generales).
•
Los términos del encargo de auditoría
reflejan
la
descripción
de
la
responsabilidad de la dirección que recoge
la NIA 210, en relación con los estados
financieros consolidados.
•
El auditor ha concluido que es adecuada
una opinión no modificada (es decir,
favorable o "limpia") sobre la base de la
•
evidencia de auditoría obtenida.
•
•
Los requerimientos de ética que son de
aplicación a la auditoría son los de la
jurisdicción. Los requerimientos de ética
relativos a la auditoría en la jurisdicción
incluyen
requerimientos
de
•
independencia que son aplicables a las
auditorías de estados financieros de
entidades de interés público. También
requieren que el auditor revele
públicamente que se aplicaron los •
requerimientos
de
independencia
NIA-ES 700 (REVISADA)
44
Auditoría de cuentas anuales consolidadas
de un grupo formado por una entidad de
interés público y sus sociedades
dependientes, formuladas de conformidad
con el marco normativo de información
financiera aplicable en España, (en este
caso,
Normas
Internacionales
de
Información Financiera adoptadas por la
Unión Europea (NIIF-UE)). Se trata de la
auditoría de grupo de una entidad con
dependientes (es decir, es aplicable la NIAES 600 (Revisada)).
Las cuentas anuales consolidadas han sido
formuladas por los administradores de la
sociedad dominante, de conformidad con
las NIIF-UE. La entidad presenta los
resultados consolidados en dos estados: la
cuenta de resultados consolidada por
separado y el estado del resultado global
consolidado.
Los términos del encargo de auditoría
reflejan
la
descripción
de
la
responsabilidad de los administradores de
la sociedad dominante que recoge la NIAES 210, en relación con las cuentas
anuales consolidadas.
El auditor ha concluido que es adecuada
una opinión no modificada (es decir,
favorable o "limpia") sobre la base de la
evidencia de auditoría obtenida.
Los requerimientos de ética aplicables,
incluidos los de independencia, son los
cve: BOE-A-2025-8725
Verificable en https://www.boe.es
•
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59034
FORMACIÓN DE LA OPINIÓN Y EMISIÓN DEL INFORME DE AUDITORÍA
SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
NIA
ADAPTADO A LA NORMATIVA ESPANOLA
Ejemplo 2 – Informe de auditoría sobre
estados financieros consolidados de una
entidad cotizada preparados de conformidad
con un marco de imagen fiel.
Ejemplo 2 – Informe de auditoría sobre
cuentas anuales consolidadas de un grupo
formado por una entidad de interés público y
sus sociedades dependientes formuladas de
conformidad con el marco normativo de
información financiera aplicable en España (en
este caso, Normas Internacionales de
Información Financiera adoptadas por la
Unión Europea). (Informe previsto en el
artículo 35 de la LAC).
Este ejemplo de informe de auditoría está Este ejemplo de informe de auditoría está
basado en que concurren las siguientes basado en que concurren las siguientes
circunstancias:
circunstancias:
Auditoría de un conjunto completo de •
estados financieros consolidados de una
entidad
cotizada
preparados
de
conformidad con un marco de imagen fiel.
Se trata de la auditoría de grupo de una
entidad con dependientes (es decir, es
aplicable la NIA 600 (Revisada)).
•
Los estados financieros consolidados han
sido preparados por la dirección de la
entidad de conformidad con las NIIF (un
marco de información con fines
generales).
•
Los términos del encargo de auditoría
reflejan
la
descripción
de
la
responsabilidad de la dirección que recoge
la NIA 210, en relación con los estados
financieros consolidados.
•
El auditor ha concluido que es adecuada
una opinión no modificada (es decir,
favorable o "limpia") sobre la base de la
•
evidencia de auditoría obtenida.
•
•
Los requerimientos de ética que son de
aplicación a la auditoría son los de la
jurisdicción. Los requerimientos de ética
relativos a la auditoría en la jurisdicción
incluyen
requerimientos
de
•
independencia que son aplicables a las
auditorías de estados financieros de
entidades de interés público. También
requieren que el auditor revele
públicamente que se aplicaron los •
requerimientos
de
independencia
NIA-ES 700 (REVISADA)
44
Auditoría de cuentas anuales consolidadas
de un grupo formado por una entidad de
interés público y sus sociedades
dependientes, formuladas de conformidad
con el marco normativo de información
financiera aplicable en España, (en este
caso,
Normas
Internacionales
de
Información Financiera adoptadas por la
Unión Europea (NIIF-UE)). Se trata de la
auditoría de grupo de una entidad con
dependientes (es decir, es aplicable la NIAES 600 (Revisada)).
Las cuentas anuales consolidadas han sido
formuladas por los administradores de la
sociedad dominante, de conformidad con
las NIIF-UE. La entidad presenta los
resultados consolidados en dos estados: la
cuenta de resultados consolidada por
separado y el estado del resultado global
consolidado.
Los términos del encargo de auditoría
reflejan
la
descripción
de
la
responsabilidad de los administradores de
la sociedad dominante que recoge la NIAES 210, en relación con las cuentas
anuales consolidadas.
El auditor ha concluido que es adecuada
una opinión no modificada (es decir,
favorable o "limpia") sobre la base de la
evidencia de auditoría obtenida.
Los requerimientos de ética aplicables,
incluidos los de independencia, son los
cve: BOE-A-2025-8725
Verificable en https://www.boe.es
•