Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2025-8725)
Resolución de 24 de abril de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad, NIA-ES 260 (Revisada) y Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, NIA-ES 700 (Revisada).
95 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59032
FORMACIÓN DE LA OPINIÓN Y EMISIÓN DEL INFORME DE AUDITORÍA
SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
para el periodo de XXX años y hemos venido
realizando el trabajo de auditoría de cuentas
de forma ininterrumpida desde el ejercicio
finalizado el XX de XX de XX.
Servicios prestados
(Incluir solo en la medida en la que no se
hayan informado en el informe de gestión o en
las cuentas anuales servicios prestados. En
este supuesto no se incluyen los servicios
prestados a las entidades vinculadas por una
relación de control con la entidad auditada al
figurar dicha información en las cuentas
anuales consolidadas). Los servicios, distintos
de la auditoría de cuentas y adicionales a los
indicados en la memoria de las cuentas
anuales (y/o en el informe de gestión), que
han sido prestados a la entidad auditada han
sido los siguientes:3
El socio del encargo de la auditoría que origina
este informe de auditoría emitido por un
[Nombre y número de ROAC del auditor]
auditor independiente es [nombre].
[Firma del auditor]
[Firma en nombre de la firma de auditoría, en
nombre propio o en nombre de ambos, según [Fecha del informe de auditoría]
proceda en la jurisdicción de que se trate]
[Dirección del auditor y en el caso de sociedad
[Fecha]
1
2
El subtítulo Informe sobre la auditoría de los
estados financieros no es necesario en aquellas
circunstancias en las que no sea procedente el
segundo subtítulo, Informe sobre otros
requerimientos legales y reglamentarios.
En estos ejemplos de informes de auditoría, es
posible que los términos dirección y
responsables del gobierno de la entidad tengan
que ser sustituidos por otro término que sea
adecuado en el contexto del marco legal de la
jurisdicción de que se trate.
NIA-ES 700 (REVISADA)
42
1
De acuerdo con el artículo 5.1.a) de la LAC y con
el artículo 10.2.a) del RUE, deberán
identificarse las personas a las que vaya
destinado el trabajo y las personas que lo
encargaron. Esta última mención podrá
eliminarse cuando el nombramiento se haya
realizado por la Junta General de Accionistas.
2
El término de administradores, en su caso, se
ha de sustituir por el órgano responsable de la
formulación
de
las
cuentas
anuales
considerando el marco legal aplicable a la
entidad auditada.
Las referencias a la comisión de auditoría se
harán al órgano que desempeñe las funciones
equivalentes en los casos en los que la entidad
no tenga tal comisión (artículo 11 del RUE).
cve: BOE-A-2025-8725
Verificable en https://www.boe.es
de auditoría dirección y número de ROAC de la
sociedad]
[Dirección del auditor]
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59032
FORMACIÓN DE LA OPINIÓN Y EMISIÓN DEL INFORME DE AUDITORÍA
SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
para el periodo de XXX años y hemos venido
realizando el trabajo de auditoría de cuentas
de forma ininterrumpida desde el ejercicio
finalizado el XX de XX de XX.
Servicios prestados
(Incluir solo en la medida en la que no se
hayan informado en el informe de gestión o en
las cuentas anuales servicios prestados. En
este supuesto no se incluyen los servicios
prestados a las entidades vinculadas por una
relación de control con la entidad auditada al
figurar dicha información en las cuentas
anuales consolidadas). Los servicios, distintos
de la auditoría de cuentas y adicionales a los
indicados en la memoria de las cuentas
anuales (y/o en el informe de gestión), que
han sido prestados a la entidad auditada han
sido los siguientes:3
El socio del encargo de la auditoría que origina
este informe de auditoría emitido por un
[Nombre y número de ROAC del auditor]
auditor independiente es [nombre].
[Firma del auditor]
[Firma en nombre de la firma de auditoría, en
nombre propio o en nombre de ambos, según [Fecha del informe de auditoría]
proceda en la jurisdicción de que se trate]
[Dirección del auditor y en el caso de sociedad
[Fecha]
1
2
El subtítulo Informe sobre la auditoría de los
estados financieros no es necesario en aquellas
circunstancias en las que no sea procedente el
segundo subtítulo, Informe sobre otros
requerimientos legales y reglamentarios.
En estos ejemplos de informes de auditoría, es
posible que los términos dirección y
responsables del gobierno de la entidad tengan
que ser sustituidos por otro término que sea
adecuado en el contexto del marco legal de la
jurisdicción de que se trate.
NIA-ES 700 (REVISADA)
42
1
De acuerdo con el artículo 5.1.a) de la LAC y con
el artículo 10.2.a) del RUE, deberán
identificarse las personas a las que vaya
destinado el trabajo y las personas que lo
encargaron. Esta última mención podrá
eliminarse cuando el nombramiento se haya
realizado por la Junta General de Accionistas.
2
El término de administradores, en su caso, se
ha de sustituir por el órgano responsable de la
formulación
de
las
cuentas
anuales
considerando el marco legal aplicable a la
entidad auditada.
Las referencias a la comisión de auditoría se
harán al órgano que desempeñe las funciones
equivalentes en los casos en los que la entidad
no tenga tal comisión (artículo 11 del RUE).
cve: BOE-A-2025-8725
Verificable en https://www.boe.es
de auditoría dirección y número de ROAC de la
sociedad]
[Dirección del auditor]