Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2025-8725)
Resolución de 24 de abril de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad, NIA-ES 260 (Revisada) y Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, NIA-ES 700 (Revisada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 59031

FORMACIÓN DE LA OPINIÓN Y EMISIÓN DEL INFORME DE AUDITORÍA
SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS

gobierno de la entidad, determinamos las que
han sido de la mayor significatividad en la
auditoría de los estados financieros del
periodo actual y que son, en consecuencia, las
cuestiones clave de la auditoría. Describimos
esas cuestiones en nuestro informe de
auditoría salvo que las disposiciones legales o
reglamentarias prohíban revelar públicamente
la
cuestión
o,
en
circunstancias
extremadamente
poco
frecuentes,
determinemos que una cuestión no se debería
comunicar en nuestro informe porque puede
preverse
razonablemente
que
las
consecuencias adversas de hacerlo superarían
los beneficios de interés público de la misma.

Describimos esas cuestiones en nuestro
informe de auditoría salvo que las
disposiciones legales o reglamentarias
prohíban revelar públicamente la cuestión.

Informe sobre otros requerimientos Informe sobre otros requerimientos
legales y reglamentarios
legales y reglamentarios
[La estructura y contenido de esta sección del
informe de auditoría variarán dependiendo de
la naturaleza de las otras responsabilidades de
información del auditor establecidas por
disposiciones legales o reglamentarias o por
normas de auditoría nacionales. Las
cuestiones tratadas por otras disposiciones
legales o reglamentarias o normas de
auditoría nacionales (denominadas "otras
responsabilidades de información") se
tratarán en esta sección salvo si las otras
responsabilidades de información tratan de los
mismos temas que los que se presentan bajo
las
responsabilidades
de
información
requeridas por las NIA como parte de la
sección Informe sobre la auditoría de los
estados financieros. La información relativa a
otras responsabilidades de información que
tratan los mismos temas que los que se
presentan bajo las responsabilidades de
información requeridas por las NIA se puede
combinar (es decir, incluir en la sección
Informe sobre la auditoría de los estados
financieros con los subtítulos adecuados)
siempre que la redacción del informe de
auditoría diferencie claramente las otras
responsabilidades de información de la
información requerida por las NIA cuando
existe esa diferencia].

Formato
electrónico
único
europeo
(incorporado por Resolución de 9 de febrero
de 2021)
(Incluir solo en el caso de entidades de
entidades emisoras de valores admitidas a
negociación en cualquier mercado regulado de
la Unión Europea que hayan presentado el
informe financiero anual en formato
electrónico único europeo -FEUE-). La
información a incluir en cada caso se hará de
conformidad con lo establecido en la Norma
Técnica de Auditoría sobre la actuación de los
auditores en relación con los estados
financieros presentados en el Formato
Electrónico Único Europeo (FEUE).
Informe adicional para la comisión de
auditoría
La opinión expresada en este informe es
coherente con lo manifestado en nuestro
informe adicional para la comisión de
auditoría de la Sociedad de fecha xxx.
Periodo de contratación
La Junta General (Ordinaria/Extraordinaria) de
Accionistas celebrada el XX de XX de XX nos
nombró como auditores por un período de
XXXX años, contados a partir del ejercicio
finalizado el XX de XX de XX.
Con anterioridad, fuimos designados por
acuerdo/os de la Junta General de Accionistas

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NIA-ES 700 (REVISADA)

cve: BOE-A-2025-8725
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Núm. 105