Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-8406)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Generalitat Valenciana, para la cesión del uso de diversas aplicaciones informáticas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Sábado 26 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57184

A continuación, se describen los distintos servicios:
a) Traslado de expedientes. Este servicio permitirá a la comunidad autónoma
recuperar los identificadores de los expedientes puestos a disposición por la Inspección
Provincial.
El servicio recibirá el identificador de la comunidad autónoma y devolverá los
identificadores de los expedientes actas puestos a disposición con el trámite de remisión
de expediente acta a órgano instructor, donde no se haya registrado aún el trámite de
recepción del expediente acta por parte de dicho órgano.
b) Registro de trámites. Este servicio permitirá a la comunidad autónoma solicitar el
alta o la actualización de trámites. El servicio recibirá los mismos datos que se solicitan
desde el diario de seguimiento de Integra, y realizará las mismas validaciones antes de
realizar el alta o la actualización de los datos.
c) Descarga de expedientes. Este servicio permitirá a la comunidad autónoma
recuperar, a partir del identificador del expediente, el contenido completo de dicho
expediente de un acta, incluyendo sus trámites. Cada trámite contendrá una lista con los
identificadores de los documentos que pueda incluir, los cuales podrán ser recogidos
mediante el servicio «Descarga de Documentos».
d) Descarga de trámites. Este servicio permitirá a la comunidad autónoma
recuperar en cualquier momento el contenido completo de los trámites existentes en un
expediente de seguimiento.
e) Descarga de documentos. Este servicio que permitirá a la comunidad autónoma
recuperar el documento firmado y el informe de firma vinculado a un trámite accesible de
un expediente de seguimiento, a partir de los identificadores de los documentos.
f) Comunicación modificación expedientes por fecha. Este servicio que permitirá a
la comunidad autónoma conocer que expedientes de seguimiento han tenido cambios un
periodo recibido como argumento.
7.

Seguridad en el acceso a datos.

La utilización por los funcionarios dependientes de la autoridad laboral de la
comunidad autónoma a la aplicación Ariadna contará con los siguientes requisitos de
seguridad:
– El acceso a la aplicación se realizará a través de la Red SARA.
– Los usuarios serán nominales y no transferibles.
– Los usuarios se identificarán en el portal del Organismo Estatal Inspección de
Trabajo y Seguridad Social, utilizando un certificado electrónico válido.
– Habrá usuarios de ámbito provincial y usuarios de ámbito autonómico. La
información a que tengan acceso estará delimitada por el ámbito que se haya asignado
al usuario.
Protección de datos personales.

Las partes se comprometen y obligan a tratar de modo confidencial cualesquiera
datos o información de carácter personal que traten en virtud de este convenio.
La autoridad laboral de la comunidad autónoma será responsable, como organismo
cesionario de los datos, de cumplir con las obligaciones que al respecto se establecen en
la LOPD (Ley 3/2018), el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento
UE 679/2016), y el Esquema Nacional de Seguridad (Real Decreto 311/2022, de 3
de mayo) en el ámbito de los sistemas de información del Organismo Estatal Inspección
de Trabajo y Seguridad Social. En especial, las siguientes:
– Mantener actualizados los datos de acceso de los usuarios que acceden al
sistema. En particular, las solicitudes de acceso deben ser avaladas por el propio órgano
cesionario y las de modificación o baja de usuarios deben ser aplicadas de manera
inmediata.

cve: BOE-A-2025-8406
Verificable en https://www.boe.es

8.