Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-8355)
Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 20 de marzo de 2025, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 5/2024, de 24 de junio, por el que se modifica la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Viernes 25 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 56858

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
8355

Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 20 de marzo de
2025, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el Decreto-ley de
la Comunidad Autónoma de Canarias 5/2024, de 24 de junio, por el que se
modifica la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición
energética de Canarias.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre,
del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del
Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 26 de marzo de 2025.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Decreto ley
de la Comunidad Autónoma de Canarias 5/2024, de 24 de junio, por el que se
modifica la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición
energética de Canarias
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Canarias ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º En relación con la disposición adicional tercera y la disposición transitoria
cuarta, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias se compromete a promover
una modificación del párrafo primero de la disposición adicional tercera que limite su
aplicación a los proyectos de instalaciones de generación a partir de fuentes de energía
renovables de los anexos I y II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, situados en las zonas de Aceleración de Energías Renovables y a no
desarrollar reglamentariamente las previsiones relativas a la implantación de
instalaciones en zonas de Aceleración de Energías Renovables hasta que el Estado
proceda a establecer el marco básico en la materia a través de la transposición de la
Directiva (UE) 2023/2413 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre
de 2023, por la que se modifican la Directiva (UE) 2018/2001, el Reglamento (UE)
2018/1999 y la Directiva 98/70/CE en lo que respecta a la promoción de la energía
procedente de fuentes renovables y se deroga la Directiva (UE) 2015/652 del Consejo.

cve: BOE-A-2025-8355
Verificable en https://www.boe.es

I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias,
para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias manifestadas en relación
con distintos preceptos del Decreto ley 5/2024, de 24 de junio, por el que se modifica la
Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias,
ambas partes las consideran solventadas en los siguientes términos: