Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-8346)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Autoridad Portuaria de Pasaia, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque en el Puerto de Pasaia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Viernes 25 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 56673

2. Durante los doce primeros meses de vigencia de este PPP y hasta el primer
quince de enero siguiente a dicho período, se aplicará la tarifa T0. A partir de dicho
plazo, en el mes de diciembre se adoptará el cuadro de tarifas que corresponda aplicar a
partir del 1 de enero en función del arqueo acumulado en los doce meses anteriores.
3. En el caso de que el arqueo acumulado del año anterior quede fuera de los
márgenes superior e inferior (T+3 y T-3 respectivamente) contemplados en los cuadros
siguientes, se realizará una revisión extraordinaria de las tarifas máximas conforme a lo
establecido en el apartado e. de esta Prescripción, debiendo aplicarse el cuadro de
tarifas del extremo correspondiente mientras se tramita la revisión extraordinaria.
4. Las actualizaciones por variación de costes que corresponda aplicar de acuerdo
con lo establecido en el apartado d. de esta Prescripción, se aplicarán a todos los
cuadros de tarifas de este apartado.
5. El conjunto de tarifas máximas indicadas a continuación dispondrá de un
coeficiente de 0,8 aplicable a buques Ro-Ro. En el resto de las tipologías de buques, el
coeficiente a aplicar será igual a la unidad (1).
6. De este modo, los importes devengables de las tarifas máximas mostradas a
continuación se calcularán siguiendo las siguientes fórmulas:
TUSO(GT) = Término fijo + GT*Término variable.
TSTANDBY(GT) = 0,1651* TUSO(GT).
TUSO RO-RO(GT) = 0,8* TUSO(GT).
TSTANDBY RO-RO(GT) = 0,8* TSTANDBY(GT).
Tarifa T+3: De 16.616.186 GT a 17.086.454 GT

De

A

Tarifa por uso
Término fijo Término variable


Euros
Euros

0

1.000

1.107,26

1.001

2.000

941,19

0,1661

2.001

3.000

891,35

0,1910

3.001

4.000

805,40

0,2197

4.001

5.000

673,62

0,2526

5.001

6.000

484,05

0,2905

6.001

7.000

222,74

0,3341

7.001

8.000

- 128,21

0,3842

8.001

9.000

- 588,93

0,4418

9.001 10.000 - 1.185,40

0,5081

Tarifa standby



10.001 15.000

2.726,29

0,1169

15.001 20.000

2.463,96

0,1344

20.001 25.000

4.635,71

0,0258

25.001 30.000

4.621,25

0,0264

30.001 35.000

4.601,41

0,0270

Más de 35.000

5.473,97

0,0021

TSB =0,1651*TUSO

cve: BOE-A-2025-8346
Verificable en https://www.boe.es

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