Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-8338)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valencia, para articular las relaciones derivadas de la selección e incorporación de estudiantes en prácticas, en el marco del procedimiento convocado por Resolución de 20 de enero de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Viernes 25 de abril de 2025
Duodécima.

Sec. III. Pág. 56605

Proyectos de interés común.

La AIReF podrá desarrollar con la universidad correspondiente, sus departamentos o
profesores, proyectos de investigación en interés de ambas partes, a cuyo fin se
suscribirá el correspondiente convenio específico.
Decimotercera.

Terminación anticipada de las becas.

Si en el desarrollo de las actividades objeto de la práctica el alumno no alcanzara el
nivel de aprovechamiento adecuado por desatención, incompetencia manifiesta o
incumplimiento de las instrucciones conferidas, la AIReF se lo comunicará a la
Universitat de València y, de común acuerdo, ambas entidades podrán dar por finalizada
anticipadamente la práctica con pérdida de los derechos formativos y, en su caso,
económicos que correspondieran al beneficiario. En ese caso, la AIReF y la Universitat
de València podrán acordar, en su caso, la incorporación de otro estudiante, en función
del tiempo y dotación disponibles.
Decimocuarta.

Cuantía y abono de las ayudas. Pagos anticipados. Justificación.

De acuerdo con lo previsto en las Resoluciones de 9 de enero de 2025 y 20 de enero
de 2025, de la Presidencia de la AIReF, la ayuda se percibirá directamente por la
Universitat de València y se transformará en becas para los participantes en los
programas.
El importe máximo total de las ayudas será el consignado en la convocatoria para los
años de 2025 y 2026 y se concretará para la Universitat de València en función del
número de alumnos de la misma que finalmente se incorporen en prácticas en la AIReF,
con independencia de la puntuación obtenida por la Universitat de València en este
proceso de concurrencia competitiva.
La cuantía total de las ayudas concedidas a todos los beneficiarios no podrá superar
la cantidad de 146.400,00 euros para la anualidad de 2025 y de 36.600,00 euros para la
anualidad de 2026.
Las ayudas correspondientes a la promoción 2026-2027 serán, en su caso, las
previstas en el Presupuesto vigente para 2026. Queda condicionada la concesión de las
mismas a las Universidades y/o centros académicos seleccionados, a la existencia de
crédito adecuado y suficiente para esta finalidad en el presupuesto aprobado para la
institución para dicho ejercicio.
Las dotaciones serán las siguientes:

Estas cantidades incluyen las retenciones y gastos a los que hace referencia la
cláusula tercera.
Las dotaciones económicas señaladas podrán rebajarse en atención a las concretas
circunstancias de disponibilidad horaria del becario para compatibilizar la beca con sus
estudios ordinarios.
El importe consignado en la convocatoria es máximo y estimativo, y la AIReF no se
obliga a desembolsarlo en su integridad en caso de que el número de alumnos becarios
seleccionados no permita cubrir toda esta cantidad.
Las ayudas a los alumnos tendrán una duración máxima de doce meses.
La universidad o centro educativo percibirá, en el momento de la selección definitiva
de los alumnos, el 80 % del importe de la ayuda que le corresponda (referida al total de
doce meses) y se encargará de abonar, mes a mes, la beca a los alumnos que realicen
las prácticas.
El 20 % restante se entregará a la Universidad o centro académico una vez concluido
el periodo de la beca, en el momento de la liquidación.

cve: BOE-A-2025-8338
Verificable en https://www.boe.es

– Para el programa de Formación, 1.350 euros/mes por alumno.
– Para el programa de Investigación, 1.700 euros/mes por alumno.