Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Condecoraciones. (BOE-A-2025-8340)
Orden INT/392/2025, de 24 de abril, por la que se crea el distintivo honorífico de participación en los dispositivos de emergencia y seguridad por la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100
Viernes 25 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 56619
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
8340
Orden INT/392/2025, de 24 de abril, por la que se crea el distintivo honorífico
de participación en los dispositivos de emergencia y seguridad por la DANA
(Depresión Aislada en Niveles Altos) 2024.
Artículo 1.
Objeto.
Se crea el distintivo de participación en los dispositivos de emergencia y seguridad
de la DANA 2024, sin que su otorgamiento pueda generar derecho económico alguno.
Artículo 2.
Destinatarios.
El distintivo de participación en los dispositivos de emergencia y seguridad de la
DANA 2024 se concederá a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de
cve: BOE-A-2025-8340
Verificable en https://www.boe.es
El día 29 de octubre de 2024, tuvo lugar una Depresión Aislada en Niveles
Altos (DANA), cuyas dañosas consecuencias afectaron gravemente a varios puntos de la
Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía.
La intervención y despliegue de todos los servicios de emergencias involucrados en la
gestión de los efectos de la DANA, ha constituido una actuación sin precedentes hasta la
fecha, compleja y extensa, que puso de manifiesto las capacidades y profesionalidad de
todos los intervinientes. En el marco de estas actuaciones, tanto los servicios de
protección civil y emergencias como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ya fueran
dependientes del Estado, como de las comunidades autónomas y de las corporaciones
locales, así como los servicios de seguridad privada en su condición de colaboradores en
la protección frente a emergencias volcaron todo su esfuerzo desde el primer momento,
con un gran espíritu de entrega y una dedicación absoluta, en aras de restablecer y
asegurar la integridad física de las personas, la seguridad ciudadana y los servicios
públicos, y la ejecución de labores asistenciales, en el contexto de una respuesta
coordinada de dimensiones inéditas en nuestro país ante una situación de emergencia.
Por ello, se considera oportuno crear un distintivo acreditativo de la participación en
los dispositivos de la DANA, al objeto de distinguir a aquel personal, en particular a los
miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de los servicios de seguridad privada,
así como de las distintas unidades intervinientes que, bajo la dirección del órgano de
coordinación en materia de protección civil y emergencias, realizaron servicios que los
hacen acreedores al mismo, en virtud de su dedicación, desempeño o participación
directa y relevante en las actividades y dispositivos que tuvieron lugar y que fueron
decisivas para el auxilio a víctimas, reconstrucción de la zona y la restauración y
mantenimiento de la seguridad ciudadana.
Esta orden cumple los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. El principio de eficacia se justifica por su fin de interés
general, que no es otro que reconocer la dedicación y desempeño de las personas que
han tenido una participación en la gestión multidisciplinar de la DANA, ajustándose
además al principio de necesidad porque no existe un reconocimiento previo similar para
este tipo de méritos, que se considera adecuado recompensar. También es una medida
eficaz y proporcional, ya que su concesión es sencilla y deben quedar acreditados los
méritos que justifican el cumplimiento de los requisitos para su concesión. Igualmente,
los principios de seguridad jurídica y transparencia quedan garantizados con la
aprobación de esta norma.
En su virtud, dispongo:
Núm. 100
Viernes 25 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 56619
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
8340
Orden INT/392/2025, de 24 de abril, por la que se crea el distintivo honorífico
de participación en los dispositivos de emergencia y seguridad por la DANA
(Depresión Aislada en Niveles Altos) 2024.
Artículo 1.
Objeto.
Se crea el distintivo de participación en los dispositivos de emergencia y seguridad
de la DANA 2024, sin que su otorgamiento pueda generar derecho económico alguno.
Artículo 2.
Destinatarios.
El distintivo de participación en los dispositivos de emergencia y seguridad de la
DANA 2024 se concederá a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de
cve: BOE-A-2025-8340
Verificable en https://www.boe.es
El día 29 de octubre de 2024, tuvo lugar una Depresión Aislada en Niveles
Altos (DANA), cuyas dañosas consecuencias afectaron gravemente a varios puntos de la
Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía.
La intervención y despliegue de todos los servicios de emergencias involucrados en la
gestión de los efectos de la DANA, ha constituido una actuación sin precedentes hasta la
fecha, compleja y extensa, que puso de manifiesto las capacidades y profesionalidad de
todos los intervinientes. En el marco de estas actuaciones, tanto los servicios de
protección civil y emergencias como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ya fueran
dependientes del Estado, como de las comunidades autónomas y de las corporaciones
locales, así como los servicios de seguridad privada en su condición de colaboradores en
la protección frente a emergencias volcaron todo su esfuerzo desde el primer momento,
con un gran espíritu de entrega y una dedicación absoluta, en aras de restablecer y
asegurar la integridad física de las personas, la seguridad ciudadana y los servicios
públicos, y la ejecución de labores asistenciales, en el contexto de una respuesta
coordinada de dimensiones inéditas en nuestro país ante una situación de emergencia.
Por ello, se considera oportuno crear un distintivo acreditativo de la participación en
los dispositivos de la DANA, al objeto de distinguir a aquel personal, en particular a los
miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de los servicios de seguridad privada,
así como de las distintas unidades intervinientes que, bajo la dirección del órgano de
coordinación en materia de protección civil y emergencias, realizaron servicios que los
hacen acreedores al mismo, en virtud de su dedicación, desempeño o participación
directa y relevante en las actividades y dispositivos que tuvieron lugar y que fueron
decisivas para el auxilio a víctimas, reconstrucción de la zona y la restauración y
mantenimiento de la seguridad ciudadana.
Esta orden cumple los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. El principio de eficacia se justifica por su fin de interés
general, que no es otro que reconocer la dedicación y desempeño de las personas que
han tenido una participación en la gestión multidisciplinar de la DANA, ajustándose
además al principio de necesidad porque no existe un reconocimiento previo similar para
este tipo de méritos, que se considera adecuado recompensar. También es una medida
eficaz y proporcional, ya que su concesión es sencilla y deben quedar acreditados los
méritos que justifican el cumplimiento de los requisitos para su concesión. Igualmente,
los principios de seguridad jurídica y transparencia quedan garantizados con la
aprobación de esta norma.
En su virtud, dispongo: