Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Actividades investigadoras. (BOE-A-2025-8200)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2025, para la obtención del certificado R3 como investigador/a establecido/a, conforme a lo previsto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98
Miércoles 23 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 55562
de 1 de octubre. En el caso de que se presente la solicitud ante uno de estos servicios,
la fecha de registro de esta será cuando sea recibida en un registro válido, de
conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. No se aceptarán las
solicitudes que presenten un registro que no sea de entrada.
En caso de ser necesario, se recomienda utilizar para el envío el código DIR3 del
órgano instructor: EA0041195.
Aquellas solicitudes que no realicen la presentación efectiva conforme a lo dispuesto
en el presente apartado se tendrán por desistidas, previa resolución que deberá ser
dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. No serán admitidas aquellas solicitudes en las que no se realice la presentación
efectiva ante un registro válido o dicha presentación se realice fuera del plazo de
solicitud de participación.
Artículo 7. Contenido y documentación de las solicitudes.
1. El formulario electrónico de solicitud contendrá, entre otra, la siguiente
información:
a) Datos identificativos de la persona solicitante, incluyendo su código de
identificación ORCID (Open Researcher and Contributor ID). Cada persona podrá
presentar únicamente una solicitud de participación.
b) Identificación del área y la subárea temática seleccionada para la evaluación de
la solicitud, cuya relación figura en el anexo II. Se podrá cambiar de oficio la solicitud a
otra área temática, a propuesta motivada de la Subdivisión de Coordinación y
Evaluación.
2.
Con la solicitud se adjuntará en formato electrónico lo siguiente:
1.º Situaciones de incapacidad temporal.
2.º Periodos de tiempo dedicados al disfrute de permisos, licencias, reducciones de
jornada laboral y excedencias por gestación, embarazo, nacimiento, adopción, guarda
con fines de adopción, acogimiento familiar, riesgo durante la gestación, el embarazo y la
lactancia, lactancia, o situaciones análogas relacionadas con las anteriores, así como por
razones de conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, y
por razón de violencia de género.
No será preciso presentar acreditación de las situaciones recogidas en el CVA en el
momento de presentar la solicitud. No obstante, durante cualquier momento de la
tramitación podrá solicitarse su acreditación.
cve: BOE-A-2025-8200
Verificable en https://www.boe.es
a) Curriculum vitae abreviado (en adelante, CVA) de la persona solicitante, que se
presentará en el modelo normalizado disponible en la página web de la agencia, o en el
que se genera de forma automática desde la aplicación «Curriculum vitae» normalizado
disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología
(FECYT), utilizando la opción de generación de currículum abreviado.
El CVA se presentará en inglés (recomendado) o en español y tendrá una extensión
máxima de 4 páginas.
Se recomienda cumplimentar el CVA en letra Times New Roman, Calibri o Arial de un
tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior
de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. La aplicación de solicitud no admitirá CVA con
una extensión superior a 4 páginas.
En el CVA se podrán incluir méritos obtenidos en cualquier momento de la trayectoria
científica. Asimismo, se podrán incluir aquellas situaciones que hayan afectado a la
actividad investigadora, según la relación que se recoge a continuación:
Núm. 98
Miércoles 23 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 55562
de 1 de octubre. En el caso de que se presente la solicitud ante uno de estos servicios,
la fecha de registro de esta será cuando sea recibida en un registro válido, de
conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. No se aceptarán las
solicitudes que presenten un registro que no sea de entrada.
En caso de ser necesario, se recomienda utilizar para el envío el código DIR3 del
órgano instructor: EA0041195.
Aquellas solicitudes que no realicen la presentación efectiva conforme a lo dispuesto
en el presente apartado se tendrán por desistidas, previa resolución que deberá ser
dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. No serán admitidas aquellas solicitudes en las que no se realice la presentación
efectiva ante un registro válido o dicha presentación se realice fuera del plazo de
solicitud de participación.
Artículo 7. Contenido y documentación de las solicitudes.
1. El formulario electrónico de solicitud contendrá, entre otra, la siguiente
información:
a) Datos identificativos de la persona solicitante, incluyendo su código de
identificación ORCID (Open Researcher and Contributor ID). Cada persona podrá
presentar únicamente una solicitud de participación.
b) Identificación del área y la subárea temática seleccionada para la evaluación de
la solicitud, cuya relación figura en el anexo II. Se podrá cambiar de oficio la solicitud a
otra área temática, a propuesta motivada de la Subdivisión de Coordinación y
Evaluación.
2.
Con la solicitud se adjuntará en formato electrónico lo siguiente:
1.º Situaciones de incapacidad temporal.
2.º Periodos de tiempo dedicados al disfrute de permisos, licencias, reducciones de
jornada laboral y excedencias por gestación, embarazo, nacimiento, adopción, guarda
con fines de adopción, acogimiento familiar, riesgo durante la gestación, el embarazo y la
lactancia, lactancia, o situaciones análogas relacionadas con las anteriores, así como por
razones de conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, y
por razón de violencia de género.
No será preciso presentar acreditación de las situaciones recogidas en el CVA en el
momento de presentar la solicitud. No obstante, durante cualquier momento de la
tramitación podrá solicitarse su acreditación.
cve: BOE-A-2025-8200
Verificable en https://www.boe.es
a) Curriculum vitae abreviado (en adelante, CVA) de la persona solicitante, que se
presentará en el modelo normalizado disponible en la página web de la agencia, o en el
que se genera de forma automática desde la aplicación «Curriculum vitae» normalizado
disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología
(FECYT), utilizando la opción de generación de currículum abreviado.
El CVA se presentará en inglés (recomendado) o en español y tendrá una extensión
máxima de 4 páginas.
Se recomienda cumplimentar el CVA en letra Times New Roman, Calibri o Arial de un
tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior
de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. La aplicación de solicitud no admitirá CVA con
una extensión superior a 4 páginas.
En el CVA se podrán incluir méritos obtenidos en cualquier momento de la trayectoria
científica. Asimismo, se podrán incluir aquellas situaciones que hayan afectado a la
actividad investigadora, según la relación que se recoge a continuación: