Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2025-8140)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el Ayuntamiento de Irún y la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la redacción del proyecto constructivo, la ejecución de las obras, la dirección de las obras y el mantenimiento de la nueva pasarela urbana con acceso al edificio de viajeros de la estación de Irún (Gipuzkoa).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Martes 22 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 55217
VIII. El 30 de abril de 2024, se celebró una reunión telemática entre las partes
donde se expuso la aceptación de la propuesta por parte de ADIF a nivel ferroviario,
además de la necesidad de segregar en dos proyectos la ejecución de la Pasarela por el
grado de incertidumbre en cuanto a la definición que presenta la actuación en el apoyo
de la pasarela en el ámbito de VIAIRUN, y ante el riesgo de que la ejecución de la
pasarela en diferido condicione el avance de la obra del nuevo edificio de viajeros y la
explotación misma de la estación si hubiera que actuar sobre andenes y vías en servicio.
IX. El 10 de julio 2024, se mantuvo una nueva reunión telemática entre las partes,
en la que el Ayuntamiento solicitó que se hicieran las dos fases de la pasarela en un
único Proyecto. Dado que este proyecto deberá considerar un entorno ferroviario
diferente del inicialmente previsto en el contrato de redacción de proyecto contratado, es
necesaria la liquidación del contrato existente y la contratación de un nuevo proyecto que
considere la ejecución de la pasarela de forma independiente a la obra del Edificio de
Viajeros, el trazado definitivo tanto de las playa de vías de ADIF como de la
infraestructura ferroviaria del Topo y la tramitación esta adenda para la actualización de
las obligaciones económicas y la prórroga del convenio.
Así, de conformidad con lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en la cláusula
Novena del convenio, las partes intervinientes acuerdan realizar una modificación y
prórroga que adecúe el mismo a la nueva realidad para lo que suscribe esta adenda al
convenio firmado el 1 de diciembre de 2022 de acuerdo con las siguientes:
CLAUSULAS
Primera.
Modificación del convenio.
El objetivo de la presente adenda es:
1. Actualizar las obligaciones económicas de las partes para la financiación de la
Redacción y Dirección de la redacción del Proyecto Constructivo de la Pasarela urbana
asociada al Edificio de Viajeros de Irún.
2. Facultar a la Comisión de Seguimiento para aprobar, en su caso, los reajustes de
anualidades necesarios para adaptar las aportaciones económicas de las Partes al ritmo
de los trabajos, siempre que dicha distribución de anualidades no suponga un
incremento económico en los importes globales comprometidos en el convenio, ni un
incremento del plazo en su vigencia, en cuyo caso habrá que tramitar una adenda
modificativa del presente convenio.
3. Incluir las estimaciones de anualidades previstas de las partes en anexo al
convenio, adaptándolas al nuevo importe por el que se actualizan las obligaciones
económicas, puesto que anteriormente estaban incluidas dentro del clausulado del
convenio.
4. Prorrogar 2 años la vigencia del convenio para dar cobertura a la necesidad de
redactar de nuevo el proyecto de la Pasarela y proceder a su ejecución.
Segunda.
Modificación de la cláusula sexta del convenio.
«El presupuesto para la Redacción del Proyecto de Construcción de la
Pasarela de conexión Urbana, con acceso al Edificio de Viajeros de la Estación de
Irún, se ha estimado en novecientos nueve mil setecientos ochenta euros con
cincuenta y cinto céntimos (909.780,55 euros).
El Presupuesto para la Dirección de la redacción del proyecto de la Pasarela
de conexión Urbana con acceso al Edificio de Viajeros de la Estación de Irún se ha
estimado un 5 % sobre la redacción resultando cuarenta y cinco mil cuatrocientos
ochenta y nueve euros con tres céntimos (45.489,03 euros).
cve: BOE-A-2025-8140
Verificable en https://www.boe.es
Se modifica la cláusula sexta del convenio relativa a la Financiación de las
actuaciones, quedando con la siguiente redacción:
Núm. 97
Martes 22 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 55217
VIII. El 30 de abril de 2024, se celebró una reunión telemática entre las partes
donde se expuso la aceptación de la propuesta por parte de ADIF a nivel ferroviario,
además de la necesidad de segregar en dos proyectos la ejecución de la Pasarela por el
grado de incertidumbre en cuanto a la definición que presenta la actuación en el apoyo
de la pasarela en el ámbito de VIAIRUN, y ante el riesgo de que la ejecución de la
pasarela en diferido condicione el avance de la obra del nuevo edificio de viajeros y la
explotación misma de la estación si hubiera que actuar sobre andenes y vías en servicio.
IX. El 10 de julio 2024, se mantuvo una nueva reunión telemática entre las partes,
en la que el Ayuntamiento solicitó que se hicieran las dos fases de la pasarela en un
único Proyecto. Dado que este proyecto deberá considerar un entorno ferroviario
diferente del inicialmente previsto en el contrato de redacción de proyecto contratado, es
necesaria la liquidación del contrato existente y la contratación de un nuevo proyecto que
considere la ejecución de la pasarela de forma independiente a la obra del Edificio de
Viajeros, el trazado definitivo tanto de las playa de vías de ADIF como de la
infraestructura ferroviaria del Topo y la tramitación esta adenda para la actualización de
las obligaciones económicas y la prórroga del convenio.
Así, de conformidad con lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en la cláusula
Novena del convenio, las partes intervinientes acuerdan realizar una modificación y
prórroga que adecúe el mismo a la nueva realidad para lo que suscribe esta adenda al
convenio firmado el 1 de diciembre de 2022 de acuerdo con las siguientes:
CLAUSULAS
Primera.
Modificación del convenio.
El objetivo de la presente adenda es:
1. Actualizar las obligaciones económicas de las partes para la financiación de la
Redacción y Dirección de la redacción del Proyecto Constructivo de la Pasarela urbana
asociada al Edificio de Viajeros de Irún.
2. Facultar a la Comisión de Seguimiento para aprobar, en su caso, los reajustes de
anualidades necesarios para adaptar las aportaciones económicas de las Partes al ritmo
de los trabajos, siempre que dicha distribución de anualidades no suponga un
incremento económico en los importes globales comprometidos en el convenio, ni un
incremento del plazo en su vigencia, en cuyo caso habrá que tramitar una adenda
modificativa del presente convenio.
3. Incluir las estimaciones de anualidades previstas de las partes en anexo al
convenio, adaptándolas al nuevo importe por el que se actualizan las obligaciones
económicas, puesto que anteriormente estaban incluidas dentro del clausulado del
convenio.
4. Prorrogar 2 años la vigencia del convenio para dar cobertura a la necesidad de
redactar de nuevo el proyecto de la Pasarela y proceder a su ejecución.
Segunda.
Modificación de la cláusula sexta del convenio.
«El presupuesto para la Redacción del Proyecto de Construcción de la
Pasarela de conexión Urbana, con acceso al Edificio de Viajeros de la Estación de
Irún, se ha estimado en novecientos nueve mil setecientos ochenta euros con
cincuenta y cinto céntimos (909.780,55 euros).
El Presupuesto para la Dirección de la redacción del proyecto de la Pasarela
de conexión Urbana con acceso al Edificio de Viajeros de la Estación de Irún se ha
estimado un 5 % sobre la redacción resultando cuarenta y cinco mil cuatrocientos
ochenta y nueve euros con tres céntimos (45.489,03 euros).
cve: BOE-A-2025-8140
Verificable en https://www.boe.es
Se modifica la cláusula sexta del convenio relativa a la Financiación de las
actuaciones, quedando con la siguiente redacción: