Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-8096)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energías Renovables Lucinala, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica PSF Lucinala, de 62,35 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Elche y Alicante (Alicante).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Lunes 21 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 55008

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
8096

Resolución de 8 de abril de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energías Renovables Lucinala,
SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica PSF Lucinala, de 62,35 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Elche y Alicante
(Alicante).

Energías Renovables Lucinala, SLU, solicitó, con fecha 30 de julio de 2021,
subsanada en fecha 1 de septiembre de 2021, autorización administrativa previa de la
instalación fotovoltaica «PSF Lucinala», de 70,25 MW en módulos fotovoltaicos y 62,40
MW de potencia instalada en inversores, y su infraestructura de evacuación, consistente
en líneas a 30 kV, la subestación Loural 30/220 kV, la línea de evacuación a 220 kV
«SET Loural 30/220 kV-SET colectora El Palmeral 220 kV», la subestación colectora El
Palmeral 220 kV, y la línea de evacuación a 220 kV «SET colectora El Palmeral 220 kVSET El Palmeral 220 kV (REE)», en los términos municipales de Elche y Alicante, en la
provincia de Alicante.
Mediante Resolución de 3 de enero de 2024, corregida mediante Resolución de 23
de enero de 2024 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a
Energías Renovables Lucinala, SLU, autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica PSF Lucinala, de 62,4 MW de potencia instalada, y sus
infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Elche y Alicante, en la
provincia de Alicante (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa),
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 30, de 3 de febrero de 2024.
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de autorización administrativa
previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la Resolución de 9 de octubre de 2023 de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, por la que se formula declaración de impacto ambiental favorable para el
proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 256, de 26
de octubre de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo,
en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:

De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, y derivado de la tramitación efectuada de conformidad con los
artículos 125 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el promotor se
comprometió a llevar a cabo determinadas modificaciones sobre el proyecto, en
particular, en respuesta a los informes de la Dirección General de Obras Públicas,

cve: BOE-A-2025-8096
Verificable en https://www.boe.es

– Reducción de la zona de implantación de la planta fotovoltaica para no afectar a
zona de inundabilidad con riesgo de peligrosidad y para evitar el terreno calificado como
forestal estratégico.