Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8091)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio de la Arquitectura Técnica de Girona.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96
Lunes 21 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 54989
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
8091
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio de la Arquitectura Técnica de
Girona.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de la
Arquitectura Técnica de Girona, un convenio de colaboración en materia de gestión
catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio,
que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 11 de abril de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio de la Arquitectura Técnica de Girona, en materia de gestión
catastral
En Madrid y Girona, a diez de abril del año dos mil veinticinco.
De una parte don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte don Antoni Bramon Serra, Presidente del Colegio de la Arquitectura
Técnica de Girona, habiendo sido proclamado electo el 13 de junio de 2023, que ostenta
la representación del Colegio, en virtud del artículo 28 de sus Estatutos, inscritos en el
Registro de Colegios Profesionales de la Generalidad de Cataluña por Resolución
JUS/141/2009, de 25 de enero (DOGC de 5 de febrero), modificados por Resolución
JUS/3726/2022, de 24 de noviembre (DOGC de 2 de diciembre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-8091
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 96
Lunes 21 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 54989
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
8091
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio de la Arquitectura Técnica de
Girona.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de la
Arquitectura Técnica de Girona, un convenio de colaboración en materia de gestión
catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio,
que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 11 de abril de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio de la Arquitectura Técnica de Girona, en materia de gestión
catastral
En Madrid y Girona, a diez de abril del año dos mil veinticinco.
De una parte don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte don Antoni Bramon Serra, Presidente del Colegio de la Arquitectura
Técnica de Girona, habiendo sido proclamado electo el 13 de junio de 2023, que ostenta
la representación del Colegio, en virtud del artículo 28 de sus Estatutos, inscritos en el
Registro de Colegios Profesionales de la Generalidad de Cataluña por Resolución
JUS/141/2009, de 25 de enero (DOGC de 5 de febrero), modificados por Resolución
JUS/3726/2022, de 24 de noviembre (DOGC de 2 de diciembre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-8091
Verificable en https://www.boe.es
Primero.