Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2025-7930)
Resolución de 12 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la tercera modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, E.P.E., para la construcción de la nueva red ferroviaria en el País Vasco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Viernes 18 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 54283

Séptima. Convenio de 24 de abril de 2006, su primera modificación de 27 de diciembre
de 2017 y su segunda modificación de 23 de diciembre de 2021.
En todo aquello que no haya sido modificado por este documento, será de aplicación
lo establecido en el convenio suscrito el 24 de abril de 2006 para la ejecución de las
obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco, así como en su
primera modificación de 27 de diciembre de 2017 y, también, en su segunda modificación
y prórroga de 23 de diciembre de 2021.
Octava.

Régimen jurídico y jurisdicción.

La presente tercera modificación tiene carácter administrativo y estará sujeta a la
Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, siendo de aplicación, en todo
lo no previsto en la misma, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público o legislación que en adelante le sustituya.
Las partes acuerdan que las cuestiones que puedan surgir en la interpretación y/o
cumplimiento del convenio suscrito el 24 de abril de 2006, de la primera modificación del
mismo de 27 de diciembre de 2017, de la segunda modificación y prórroga de 23 de
diciembre de 2021 y/o de la presente tercera modificación, serán dirimidas en el seno de
la Comisión de Seguimiento y Coordinación.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y/o en el
cumplimiento del convenio suscrito el 24 de abril de 2006, de la primera modificación del
mismo, de 27 de diciembre de 2017, de la segunda modificación y prórroga, de 23 de
diciembre de 2021 y/o de la presente tercera modificación se residenciarán en el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
El presente documento se suscribe a dos columnas en euskera y castellano,
prevaleciendo, en caso de discrepancia interpretativa, el texto en lengua castellana. Y en
prueba de conformidad, firman el presente documento.
El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente Santiago.–La
Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda, María Jesús Montero
Cuadrado.–La Consejera de Movilidad Sostenible de la Administración General de la
Comunidad Autónoma del País Vasco, Susana García Chueca.–El Consejero de
Hacienda y Finanzas de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País
Vasco, Nöel d’Anjou Olaizola.–El Presidente de Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias, E.P.E., Luis Pedro Marco de la Peña.
ANEXO I
Tabla con estimación importes convenio
Importes 2.ª modificación convenio
Estimación obras convenio

Presupuesto Adjudicación Bergara-Astigarraga (17 tramos).

2.ª modific.

1.575,30

– Modificados.
– Complementarios.

90,93
7,92

– Obras de emergencia.

15,37

– Liquidaciones.

29,55

– Servicios afectados.
– Reajustes impositivos IVA.

5,45
32,56

cve: BOE-A-2025-7930
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