Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-7932)
Resolución de 12 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y la Corporación de Radio y Televisión Española, SA, S.M.E., para la difusión pública de información y conocimiento sobre el empleo y las prestaciones por desempleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Viernes 18 de abril de 2025
Cuarta.

Sec. III. Pág. 54295

Responsabilidad.

Ni el SEPE ni RTVE asumen ninguna responsabilidad por las opiniones manifestadas
por el personal del SEPE que intervenga en el programa, que serán de la exclusiva
responsabilidad de las personas que las emitan, quedando ambas partes exoneradas de
cualquier reclamación de terceros que tuvieran su origen en dichas opiniones.
Quinta.

Protección de datos.

Los datos de carácter personal del personal del SEPE que participe en el programa
serán incorporados a ficheros automatizados de la Corporación RTVE, SAU, la cual se
abstendrá de hacer cualquier tipo de tratamiento de los referidos datos personales más
allá de lo que sea necesario para la consecución de las finalidades de este convenio. De
la misma manera, se compromete a no manipular, transformar ni ceder a terceros dichos
datos o los archivos que contengan, fuera del estricto objeto de la relación suscrita por
ambas partes, así como a guardarlos en estricta confidencialidad y a informar a los
interesados de la forma en la que puede ejercer los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición, de acuerdo con lo dispuesto en el tratamiento y protección de
los datos de carácter personal que pudieran utilizarse como consecuencia de la vigencia
del presente convenio.
En cualquier caso, el tratamiento y protección de los datos de carácter personal que
pudieran utilizarse se realizará de conformidad con lo establecido en el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD) y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, así como por el resto de normativa aplicable en esta materia.
Sexta. Ausencia de contenido económico.
Como consecuencia del cumplimiento y desarrollo de los compromisos adquiridos en
el presente convenio, no se asumen obligaciones ni compromisos económicos de
naturaleza ordinaria ni extraordinaria por ninguna de las Partes, no comportando la
trasferencia de medios materiales ni personales, ni contraprestación económica de
ningún tipo entre las Partes, ni produce ningún incremento del gasto público.
El coste de los desplazamientos del personal del SEPE para la asistencia al
programa y su regreso, será asumido por RTVE, en virtud de lo dispuesto en la cláusula
tercera.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente convenio, se
constituirá una Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, que estará formada por
dos representantes de cada una de las Partes, que serán designados por la Dirección
General del SEPE y por la Corporación RTVE respectivamente.
La presidencia de la Comisión será ejercida semestralmente, de forma alternativa,
comenzando por el SEPE, y será designada de entre los representantes de cada una de
las Partes en la Comisión por la Dirección General del SEPE y por la Corporación RTVE
respectivamente.
El secretario de la Comisión, sin voz ni voto, será designado por la persona que
ejerza la presidencia de la Comisión de entre el personal de su respectiva entidad.
La Comisión tendrá su sede oficial en la de la parte que ostente la Presidencia de la
Comisión, se reunirá una vez al año y tantas veces como sea necesario para la buena
marcha de las actuaciones a desarrollar en el ámbito del convenio.
Las funciones de esta Comisión serán:
a) La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que pueda
plantear el convenio.
b) El seguimiento de las actuaciones objeto del mismo.

cve: BOE-A-2025-7932
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Comisión de Coordinación y Seguimiento.