Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2025-7929)
Resolución de 12 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, O.A., el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, O.A., la Mutualidad General Judicial, O.A., y el Servicio de Salud de las Illes Balears, para la gestión, a través del sistema de receta electrónica del Servicio de Salud de las Illes Balears, de la prestación farmacéutica ambulatoria dispensada en oficina de farmacia del colectivo mutualista adscrito al mismo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94
Viernes 18 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 54271
ANEXO I
Ficheros de ayuda a la facturación Servicios Autonómicos
de Salud-Mutualidades (versión 12_2)
Tabla de contenido
1. Introducción.
2. Ficheros a enviar.
2.1
Dispensaciones electrónicas realizadas.
2.1.1 Nomenclatura.
2.1.2 Formato.
2.1.3 Encriptación.
2.1.4 Medios de entrega.
2.1.5 Contenido.
2.2
Agrupación de Productos para la Prescripción por Principio Activo.
2.2.1 Nomenclatura.
2.2.2 Formato.
2.2.3 Encriptación.
2.2.4 Medios de entrega.
2.2.5 Contenido.
2.3
Catálogo de Fórmulas Magistrales.
2.3.1 Nomenclatura.
2.3.2 Formato.
2.3.3 Encriptación.
2.3.4 Medios de entrega.
2.3.5 Contenido.
1.
Introducción
El presente documento especifica la información que los Servicios Autonómicos de
Salud deben remitir a las MUFACE, ISFAS y MUGEJU (Mutualidades) con objeto de que
estas puedan realizar un adecuado control de la facturación de dispensaciones
electrónicas realizadas a su colectivo.
Se solicita se remita la siguiente información:
– Dispensaciones de dispensaciones electrónicas realizadas.
– Agrupación de productos para la prescripción por principio activo (en caso de ser
necesario).
– Catálogo de fórmulas magistrales (en caso de ser necesario).
Ficheros a enviar
A continuación, se recoge el formato de los ficheros que se enviarán a MUFACE,
ISFAS y MUGEJU (Mutualidades) con la información de las dispensaciones electrónicas
realizadas, agrupación de productos por principio activo y catálogo de fórmulas
magistrales. Se deberá remitir un fichero diferenciado por mutualidad, conservando todos
ellos el mismo formato.
2.1
Dispensaciones electrónicas realizadas.
Se generará un fichero el quinto día de cada mes con la relación de las
dispensaciones electrónicas realizadas durante el mes anterior (no se generará el primer
cve: BOE-A-2025-7929
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 94
Viernes 18 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 54271
ANEXO I
Ficheros de ayuda a la facturación Servicios Autonómicos
de Salud-Mutualidades (versión 12_2)
Tabla de contenido
1. Introducción.
2. Ficheros a enviar.
2.1
Dispensaciones electrónicas realizadas.
2.1.1 Nomenclatura.
2.1.2 Formato.
2.1.3 Encriptación.
2.1.4 Medios de entrega.
2.1.5 Contenido.
2.2
Agrupación de Productos para la Prescripción por Principio Activo.
2.2.1 Nomenclatura.
2.2.2 Formato.
2.2.3 Encriptación.
2.2.4 Medios de entrega.
2.2.5 Contenido.
2.3
Catálogo de Fórmulas Magistrales.
2.3.1 Nomenclatura.
2.3.2 Formato.
2.3.3 Encriptación.
2.3.4 Medios de entrega.
2.3.5 Contenido.
1.
Introducción
El presente documento especifica la información que los Servicios Autonómicos de
Salud deben remitir a las MUFACE, ISFAS y MUGEJU (Mutualidades) con objeto de que
estas puedan realizar un adecuado control de la facturación de dispensaciones
electrónicas realizadas a su colectivo.
Se solicita se remita la siguiente información:
– Dispensaciones de dispensaciones electrónicas realizadas.
– Agrupación de productos para la prescripción por principio activo (en caso de ser
necesario).
– Catálogo de fórmulas magistrales (en caso de ser necesario).
Ficheros a enviar
A continuación, se recoge el formato de los ficheros que se enviarán a MUFACE,
ISFAS y MUGEJU (Mutualidades) con la información de las dispensaciones electrónicas
realizadas, agrupación de productos por principio activo y catálogo de fórmulas
magistrales. Se deberá remitir un fichero diferenciado por mutualidad, conservando todos
ellos el mismo formato.
2.1
Dispensaciones electrónicas realizadas.
Se generará un fichero el quinto día de cada mes con la relación de las
dispensaciones electrónicas realizadas durante el mes anterior (no se generará el primer
cve: BOE-A-2025-7929
Verificable en https://www.boe.es
2.