Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2025-7740)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para articular las relaciones derivadas de la selección e incorporación de estudiantes en prácticas, en el marco del procedimiento convocado por Resolución de 20 de enero de 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53247
Se realizará un procedimiento de selección de alumnos para cada una de las dos
promociones correspondientes a este convenio (2025-2026 y 2026-2027).
Habrá una primera fase de preselección, que correrá a cargo de la Universidad/
centro, y una fase de selección definitiva, que se realizará por la Comisión Mixta
Regulada en la cláusula decimoquinta.
Los alumnos becarios habrán de reunir, en todo caso, los siguientes requisitos:
a) Estar cursando el último año de estudios de Grado, Licenciado o Ingeniero; o
estar en posesión del título de Grado, Licenciado o Ingeniero con antigüedad máxima de
dos años y continuar matriculado en algún programa formativo de la Universidad o centro
académico; o estar matriculado en un programa oficial de máster o doctorado en
Economía o cualesquiera otros estudios relacionados con la actividad de la AIReF; o,
habiendo obtenido el título de máster o doctor en los últimos tres años, continuar
matriculado en algún programa formativo de la Universidad o centro académico.
b) No encontrarse incurso en ninguno de los supuestos contemplados en el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexta.
Obligaciones de la AIReF.
En el marco del presente convenio, la AIReF asume las siguientes obligaciones:
– Abonar la ayuda a la Universidad de Zaragoza en función del número de alumnos
aportados, de conformidad con lo previsto en la cláusula tercera.
– Nombrar un tutor, como guía y asesor, que se responsabilice de la ejecución del
proyecto formativo y de la formación práctica que necesite el estudiante, así como de
evaluar el desempeño del mismo. En su caso, el tutor de la AIReF no podrá coincidir con
la persona que desempeña las funciones de tutor académico de la Universidad.
– Establecer un plan de trabajo para cada becario que sea acorde al plan formativo y
a sus condiciones de desarrollo y emitir un informe al finalizar el período de prácticas
externas, en el que se haga constar: Tareas realizadas por el alumno, valoración
personal sobre la labor del alumno y cualquier otro aspecto que considere relevante
hacer conocer al Centro.
– Conceder un día libre, no recuperable, por examen de asignaturas de los estudios
cursados en la Universidad de Zaragoza al que se presenten y procurar, en coordinación
con el tutor académico y de acuerdo a lo previsto en el artículo 5.2 del Real
Decreto 592/2014, hacer compatible su horario de las prácticas con la actividad
académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante
en la universidad.
– Realizar, con una periodicidad semestral, encuestas de satisfacción tanto a los
alumnos como a los tutores designados por la AIReF, con el objeto de incorporar las
mejoras y sugerencias que se estimen adecuadas.
– Las demás previstas en el presente convenio.
El incumplimiento de sus obligaciones por parte de la AIReF permitirá a la
Universidad de Zaragoza instar la extinción anticipada del convenio.
Obligaciones de la Universidad.
En el marco del presente convenio, la Universidad asume las siguientes obligaciones:
– Recibir las ayudas de la AIReF en función del número de alumnos finalmente
seleccionados, y destinarlas al abono de las becas y al cumplimiento del resto de las
obligaciones económicas previstas en la cláusula tercera.
– Para el desarrollo de estas obligaciones, la Universidad de Zaragoza podrá contar
con la colaboración de entidades sin ánimo de lucro vinculadas funcionalmente a la
Universidad, con las que, en su caso, suscribirá el correspondiente convenio, acuerdo o
encomienda de gestión, que contará con el visto bueno de la AIReF.
cve: BOE-A-2025-7740
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53247
Se realizará un procedimiento de selección de alumnos para cada una de las dos
promociones correspondientes a este convenio (2025-2026 y 2026-2027).
Habrá una primera fase de preselección, que correrá a cargo de la Universidad/
centro, y una fase de selección definitiva, que se realizará por la Comisión Mixta
Regulada en la cláusula decimoquinta.
Los alumnos becarios habrán de reunir, en todo caso, los siguientes requisitos:
a) Estar cursando el último año de estudios de Grado, Licenciado o Ingeniero; o
estar en posesión del título de Grado, Licenciado o Ingeniero con antigüedad máxima de
dos años y continuar matriculado en algún programa formativo de la Universidad o centro
académico; o estar matriculado en un programa oficial de máster o doctorado en
Economía o cualesquiera otros estudios relacionados con la actividad de la AIReF; o,
habiendo obtenido el título de máster o doctor en los últimos tres años, continuar
matriculado en algún programa formativo de la Universidad o centro académico.
b) No encontrarse incurso en ninguno de los supuestos contemplados en el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexta.
Obligaciones de la AIReF.
En el marco del presente convenio, la AIReF asume las siguientes obligaciones:
– Abonar la ayuda a la Universidad de Zaragoza en función del número de alumnos
aportados, de conformidad con lo previsto en la cláusula tercera.
– Nombrar un tutor, como guía y asesor, que se responsabilice de la ejecución del
proyecto formativo y de la formación práctica que necesite el estudiante, así como de
evaluar el desempeño del mismo. En su caso, el tutor de la AIReF no podrá coincidir con
la persona que desempeña las funciones de tutor académico de la Universidad.
– Establecer un plan de trabajo para cada becario que sea acorde al plan formativo y
a sus condiciones de desarrollo y emitir un informe al finalizar el período de prácticas
externas, en el que se haga constar: Tareas realizadas por el alumno, valoración
personal sobre la labor del alumno y cualquier otro aspecto que considere relevante
hacer conocer al Centro.
– Conceder un día libre, no recuperable, por examen de asignaturas de los estudios
cursados en la Universidad de Zaragoza al que se presenten y procurar, en coordinación
con el tutor académico y de acuerdo a lo previsto en el artículo 5.2 del Real
Decreto 592/2014, hacer compatible su horario de las prácticas con la actividad
académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante
en la universidad.
– Realizar, con una periodicidad semestral, encuestas de satisfacción tanto a los
alumnos como a los tutores designados por la AIReF, con el objeto de incorporar las
mejoras y sugerencias que se estimen adecuadas.
– Las demás previstas en el presente convenio.
El incumplimiento de sus obligaciones por parte de la AIReF permitirá a la
Universidad de Zaragoza instar la extinción anticipada del convenio.
Obligaciones de la Universidad.
En el marco del presente convenio, la Universidad asume las siguientes obligaciones:
– Recibir las ayudas de la AIReF en función del número de alumnos finalmente
seleccionados, y destinarlas al abono de las becas y al cumplimiento del resto de las
obligaciones económicas previstas en la cláusula tercera.
– Para el desarrollo de estas obligaciones, la Universidad de Zaragoza podrá contar
con la colaboración de entidades sin ánimo de lucro vinculadas funcionalmente a la
Universidad, con las que, en su caso, suscribirá el correspondiente convenio, acuerdo o
encomienda de gestión, que contará con el visto bueno de la AIReF.
cve: BOE-A-2025-7740
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.