Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-7764)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Alstom Transporte, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53493
3. Tareas de mantenimiento de material rodante ferroviario (electrónica,
instrumentación, montaje, soldadura, carpintería, electricidad, pintura, mecánica,
neumática, hidráulica, etc.), con capacitación suficiente para resolver todos los requisitos
de su oficio con responsabilidad y calidad.
4. Tareas de control y regulación de los procesos de producción que generan
transformación de producto.
5. Tareas de venta y comercialización de productos de reducido valor unitario y/o
tan poca complejidad que no requieren de una especialización técnica distinta de la
propia demostración, comunicación de precios y condiciones de crédito y entrega,
tramitación de pedidos etc.
6. Tareas de preparación u operaciones en máquinas convencionales que conlleven
el autocontrol del producto elaborado.
7. Tareas de archivo, registro, cálculo, facturación o similares, que requieran algún
grado de iniciativa.
8. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con
registro en libros o mecánicas, al efecto de movimiento diario.
9. Tareas de lectura, anotación y control, bajo instrucciones detalladas, de los
procesos industriales o el suministro de servicios generales de fabricación.
10. Tareas de mecanografía, con buena presentación de trabajo, ortografía correcta
y velocidad adecuada que pueden llevar implícito la redacción de correspondencia según
formato e instrucciones específicas, pudiendo utilizar paquetes informáticos como
procesadores de textos o similares.
11. Tareas elementales de delineación de dibujos, calcos, litografías que otros han
preparado así como cálculos sencillos.
12. Ejercer mando directo al frente de un conjunto de operarios/as en trabajo de
carga y descarga, limpieza, acondicionamiento, movimiento de tierras, realización de
zanjas, etc., generalmente de tipo manual o con máquinas, incluyendo procesos
productivos.
13. Controlar la calidad de la producción o el montaje, realizando inspecciones y
reclasificaciones visuales o con los correspondientes aparatos, decidiendo sobre el
rechazo en base a normas fijadas, reflejando en partes o a través de plantilla los
resultados de la inspección.
14. Toma de datos de procesos de producción, referentes a temperaturas,
humedades, aleaciones, duración de ciclos, porcentajes de materias primas, desgastes
de útiles, defectos, anormalidades, etc., reflejando en partes o a través de plantilla todos
los datos según código al efecto.
15. Realizar agrupaciones de datos, resúmenes, estadísticas, cuadros,
seguimiento, histogramas, certificaciones, etc., con datos suministrados por otros que los
toman directamente en base a normas generalmente precisas.
Están incluidos en este Grupo Profesional las personas trabajadoras que poseen una
amplia formación ferroviaria, con un grado medio de conocimiento en un área funcional,
estando capacitadas para desarrollar trabajos complejos y especializados.
Realizan el trabajo con un nivel de autonomía medio y podrán estar bajo la
supervisión de un mando o de un trabajador del Grupo Profesional superior.
Cuando se acceda desde el ámbito externo de la Empresa o bien desde otro Grupo
Profesional se cumplirán los requisitos y experiencia que se acuerden o se exijan para
acceder al Grupo.
Factores.
Conocimientos: Conocimiento de trabajos estandarizados, normalmente rutinarios,
que pueden implicar el uso de equipos o máquinas simples.
cve: BOE-A-2025-7764
Verificable en https://www.boe.es
Grupo Profesional 6.
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53493
3. Tareas de mantenimiento de material rodante ferroviario (electrónica,
instrumentación, montaje, soldadura, carpintería, electricidad, pintura, mecánica,
neumática, hidráulica, etc.), con capacitación suficiente para resolver todos los requisitos
de su oficio con responsabilidad y calidad.
4. Tareas de control y regulación de los procesos de producción que generan
transformación de producto.
5. Tareas de venta y comercialización de productos de reducido valor unitario y/o
tan poca complejidad que no requieren de una especialización técnica distinta de la
propia demostración, comunicación de precios y condiciones de crédito y entrega,
tramitación de pedidos etc.
6. Tareas de preparación u operaciones en máquinas convencionales que conlleven
el autocontrol del producto elaborado.
7. Tareas de archivo, registro, cálculo, facturación o similares, que requieran algún
grado de iniciativa.
8. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con
registro en libros o mecánicas, al efecto de movimiento diario.
9. Tareas de lectura, anotación y control, bajo instrucciones detalladas, de los
procesos industriales o el suministro de servicios generales de fabricación.
10. Tareas de mecanografía, con buena presentación de trabajo, ortografía correcta
y velocidad adecuada que pueden llevar implícito la redacción de correspondencia según
formato e instrucciones específicas, pudiendo utilizar paquetes informáticos como
procesadores de textos o similares.
11. Tareas elementales de delineación de dibujos, calcos, litografías que otros han
preparado así como cálculos sencillos.
12. Ejercer mando directo al frente de un conjunto de operarios/as en trabajo de
carga y descarga, limpieza, acondicionamiento, movimiento de tierras, realización de
zanjas, etc., generalmente de tipo manual o con máquinas, incluyendo procesos
productivos.
13. Controlar la calidad de la producción o el montaje, realizando inspecciones y
reclasificaciones visuales o con los correspondientes aparatos, decidiendo sobre el
rechazo en base a normas fijadas, reflejando en partes o a través de plantilla los
resultados de la inspección.
14. Toma de datos de procesos de producción, referentes a temperaturas,
humedades, aleaciones, duración de ciclos, porcentajes de materias primas, desgastes
de útiles, defectos, anormalidades, etc., reflejando en partes o a través de plantilla todos
los datos según código al efecto.
15. Realizar agrupaciones de datos, resúmenes, estadísticas, cuadros,
seguimiento, histogramas, certificaciones, etc., con datos suministrados por otros que los
toman directamente en base a normas generalmente precisas.
Están incluidos en este Grupo Profesional las personas trabajadoras que poseen una
amplia formación ferroviaria, con un grado medio de conocimiento en un área funcional,
estando capacitadas para desarrollar trabajos complejos y especializados.
Realizan el trabajo con un nivel de autonomía medio y podrán estar bajo la
supervisión de un mando o de un trabajador del Grupo Profesional superior.
Cuando se acceda desde el ámbito externo de la Empresa o bien desde otro Grupo
Profesional se cumplirán los requisitos y experiencia que se acuerden o se exijan para
acceder al Grupo.
Factores.
Conocimientos: Conocimiento de trabajos estandarizados, normalmente rutinarios,
que pueden implicar el uso de equipos o máquinas simples.
cve: BOE-A-2025-7764
Verificable en https://www.boe.es
Grupo Profesional 6.