Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-7767)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la actualización de las tablas salariales y conceptos retributivos revalorizables correspondientes a los años 2024 y 2025 del XXII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora SU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53643
Con base a lo anterior, las partes
ACUERDAN
Primero.
Que hasta la expiración del XXII Convenio colectivo del personal de Tierra, las
revisiones salariales se calcularán incluyendo en la masa salarial a las personas
trabajadoras de Iberia y a las personas trabajadoras subrogadas de IB a SOUTH, el 16
de mayo de 2024, mediante la segregación de la actividad de servicios de asistencia en
tierra (handling) de Iberia a SOUTH, según lo pactado en el Acuerdo de 2 de febrero
de 2024, firmado entre la representación de IB y la mayoría del Comité Intercentros y en
aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 ET.
La actualización de las tablas salariales de conformidad con lo prevenido en el
artículo 44 ET, será de aplicación tanto a las personas trabajadoras de Iberia, como a las
personas trabajadoras subrogadas de Iberia a SOUTH, ya que la sucesión empresarial
sigue rigiéndose por el XXII Convenio colectivo del personal de Tierra hasta la expiración
de este, según lo pactado en el citado Acuerdo de 2 de febrero de 2024.
Segundo.
Que de conformidad con lo establecido en el «Exponen», y una vez conocida la
masa salarial real del año 2024, procede la actualización de las tablas salariales y el
resto de conceptos retributivos revalorizables del XXII Convenio colectivo de Tierra, para
el año 2024, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
Tercero.
En consecuencia con lo anterior, las Tablas Salariales y el resto de conceptos
retributivos para el año 2024, que figuran en los anexos I, II, IV y VI del XXII Convenio
colectivo de Tierra, para el año 2024, son los que figuran en los anexos a la presente
Acta.
Dichos anexos, que incluyen la consolidación del incremento salarial antes citado,
anulan y sustituyen a los importes vigentes hasta el momento, y forman parte integrante
del XXII Convenio colectivo de Tierra.
Cuarto.
Que la actualización de dichas tablas se producirá en la próxima nómina del mes de
abril de 2025, en la que se actualizarán todos los conceptos retributivos contemplados en
las citadas tablas.
cve: BOE-A-2025-7767
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con todo lo que antecede, ambas partes firman la
presente Acta y anexos en el lugar y fecha arriba indicados.
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53643
Con base a lo anterior, las partes
ACUERDAN
Primero.
Que hasta la expiración del XXII Convenio colectivo del personal de Tierra, las
revisiones salariales se calcularán incluyendo en la masa salarial a las personas
trabajadoras de Iberia y a las personas trabajadoras subrogadas de IB a SOUTH, el 16
de mayo de 2024, mediante la segregación de la actividad de servicios de asistencia en
tierra (handling) de Iberia a SOUTH, según lo pactado en el Acuerdo de 2 de febrero
de 2024, firmado entre la representación de IB y la mayoría del Comité Intercentros y en
aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 ET.
La actualización de las tablas salariales de conformidad con lo prevenido en el
artículo 44 ET, será de aplicación tanto a las personas trabajadoras de Iberia, como a las
personas trabajadoras subrogadas de Iberia a SOUTH, ya que la sucesión empresarial
sigue rigiéndose por el XXII Convenio colectivo del personal de Tierra hasta la expiración
de este, según lo pactado en el citado Acuerdo de 2 de febrero de 2024.
Segundo.
Que de conformidad con lo establecido en el «Exponen», y una vez conocida la
masa salarial real del año 2024, procede la actualización de las tablas salariales y el
resto de conceptos retributivos revalorizables del XXII Convenio colectivo de Tierra, para
el año 2024, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
Tercero.
En consecuencia con lo anterior, las Tablas Salariales y el resto de conceptos
retributivos para el año 2024, que figuran en los anexos I, II, IV y VI del XXII Convenio
colectivo de Tierra, para el año 2024, son los que figuran en los anexos a la presente
Acta.
Dichos anexos, que incluyen la consolidación del incremento salarial antes citado,
anulan y sustituyen a los importes vigentes hasta el momento, y forman parte integrante
del XXII Convenio colectivo de Tierra.
Cuarto.
Que la actualización de dichas tablas se producirá en la próxima nómina del mes de
abril de 2025, en la que se actualizarán todos los conceptos retributivos contemplados en
las citadas tablas.
cve: BOE-A-2025-7767
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con todo lo que antecede, ambas partes firman la
presente Acta y anexos en el lugar y fecha arriba indicados.