Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-7760)
Resolución de 10 de abril de 2025, la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la gestión de becas de los niveles postobligatorios no universitarios y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, correspondientes a los cursos 2025-2026 y 2026-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
MINISTERIO
Sec. III. Pág. 53465
SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
Nº DE AYUDA/SUBSIDIO: ………….
ENSEÑANZAS: ………………………
Centro (código): ……………………..
APELLIDO APELLIDO, NOMBRE
Calle ………….., número ………..
LOCALIDAD, PROVINCIA
C.P.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Junta de Andalucía consideran una prioridad el derecho de todos y
todas a la educación. A estos efectos, colaboran, a través de sus políticas de becas y ayudas al estudio, para que los y las estudiantes
andaluces puedan acceder y continuar sus estudios conforme al principio de igualdad de oportunidades.
Por ello, le comunico que de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora de becas (RD 1721/2007, de 21 de diciembre) y en
la Resolución de la Secretaria de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso
académico
, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE del
) y en la Resolución definitiva de
esta convocatoria, dictada por la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, le ha sido concedida una beca de las
siguientes características:
ESTUDIOS: ……………
CONCEPTOS:
1) …………...
2) …………...
3) (...)
CUANTÍA TOTAL:
O. PAGO: ………………
………. €
………. €
………. €
……….. €
Este importe será transferido a la cuenta bancaria o de ahorros siguiente:
ENTIDAD
ES……/………………………
OFICINA
…………………..
DÍGITO DE CONTROL
……..
Nº DE CUENTA/CARTILLA
……………………….
Si estos datos no fueran correctos, diríjase a la unidad de becas que tramitó su solicitud, en la dirección que se indica en la parte inferior
de este escrito.
Contra esta Resolución -que pone fin a la vía administrativa- podrá Interponer recurso de reposición ante la Dirección General de
Participación e Inclusión Educativa de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución definitiva en la página web de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía. Dicho recurso podrá presentarse, preferentemente, a
través de la secretaría virtual de dicha Consejería (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual).
Asimismo, esta Resolución definitiva podrá ser impugnada mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.
Sevilla, ……… de ……………………… de 202….
LA DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN EDUCATIVA
NIF DEL ALUMNO/A: …………………………
(CONSERVE EL PRESENTE DOCUMENTO)
cve: BOE-A-2025-7760
Verificable en https://www.boe.es
UNIDAD DE TRÁMITE:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL PROVINCIA
DIRECCIÓN
C.P. LOCALIDAD (PROVINCIA)
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
MINISTERIO
Sec. III. Pág. 53465
SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
Nº DE AYUDA/SUBSIDIO: ………….
ENSEÑANZAS: ………………………
Centro (código): ……………………..
APELLIDO APELLIDO, NOMBRE
Calle ………….., número ………..
LOCALIDAD, PROVINCIA
C.P.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Junta de Andalucía consideran una prioridad el derecho de todos y
todas a la educación. A estos efectos, colaboran, a través de sus políticas de becas y ayudas al estudio, para que los y las estudiantes
andaluces puedan acceder y continuar sus estudios conforme al principio de igualdad de oportunidades.
Por ello, le comunico que de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora de becas (RD 1721/2007, de 21 de diciembre) y en
la Resolución de la Secretaria de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso
académico
, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE del
) y en la Resolución definitiva de
esta convocatoria, dictada por la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, le ha sido concedida una beca de las
siguientes características:
ESTUDIOS: ……………
CONCEPTOS:
1) …………...
2) …………...
3) (...)
CUANTÍA TOTAL:
O. PAGO: ………………
………. €
………. €
………. €
……….. €
Este importe será transferido a la cuenta bancaria o de ahorros siguiente:
ENTIDAD
ES……/………………………
OFICINA
…………………..
DÍGITO DE CONTROL
……..
Nº DE CUENTA/CARTILLA
……………………….
Si estos datos no fueran correctos, diríjase a la unidad de becas que tramitó su solicitud, en la dirección que se indica en la parte inferior
de este escrito.
Contra esta Resolución -que pone fin a la vía administrativa- podrá Interponer recurso de reposición ante la Dirección General de
Participación e Inclusión Educativa de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución definitiva en la página web de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía. Dicho recurso podrá presentarse, preferentemente, a
través de la secretaría virtual de dicha Consejería (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual).
Asimismo, esta Resolución definitiva podrá ser impugnada mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.
Sevilla, ……… de ……………………… de 202….
LA DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN EDUCATIVA
NIF DEL ALUMNO/A: …………………………
(CONSERVE EL PRESENTE DOCUMENTO)
cve: BOE-A-2025-7760
Verificable en https://www.boe.es
UNIDAD DE TRÁMITE:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL PROVINCIA
DIRECCIÓN
C.P. LOCALIDAD (PROVINCIA)