Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Cuerpo de la Guardia Civil. Oferta de empleo. (BOE-A-2025-7786)
Real Decreto 341/2025, de 15 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53875
acceso al empleo público. Estas instrucciones fueron incorporadas, en un primer
momento, en la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las
normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los
centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de
la Guardia Civil, y revisadas posteriormente mediante su modificación a través de la
Orden PCM/521/2021, de 27 de mayo, y la Orden PCM/1133/2023, de 17 de octubre,
para mayor claridad y seguridad jurídica de quienes pudieran verse afectados por los
motivos de exclusión a los que se hace referencia en el citado acuerdo.
En cuanto a su contenido y tramitación, esta norma observa los principios previstos
para la regulación normativa en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo común de las Administraciones Públicas, y, en particular, con los principios
de buena regulación previstos en el artículo 129 de dicha ley. Concretamente, en lo
referente al principio de transparencia, se han llevado a cabo los trámites de audiencia e
información pública, posibilitando el acceso a la información y la participación activa de
las personas destinatarias de esta norma. Asimismo, se han considerado los principios
de eficiencia y seguridad jurídica, al darse continuidad a la norma que le antecede, sin
crear nuevas cargas administrativas y teniendo en cuenta el resto de disposiciones de
carácter general que informan la gestión del personal del conjunto de la administración
pública; y de necesidad y proporcionalidad, al proponerse una oferta de empleo público
que permita reponer el personal necesario para el cuerpo de la Guardia Civil y, así, poder
abordar adecuadamente los importantes retos y demandas que afronta esta institución,
con eficiencia y calidad en la prestación de servicio que se ofrece a la ciudadanía.
Además, en el establecimiento de esta oferta de empleo público se tiene en cuenta lo
dispuesto en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
En su virtud, a iniciativa conjunta de los Ministros de Defensa y del Interior, a
propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de abril de 2025,
DISPONGO:
Artículo 1.
Aprobación de la oferta de empleo público.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, se aprueba la oferta
de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2025.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente oferta de empleo
público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función
Pública y sólo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas y
se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de ordenación de la
enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo.
Artículo 2.
Ingreso directo en el Cuerpo de la Guardia Civil.
Se autoriza la convocatoria de 3.118 plazas para ingreso directo en la Escala de
Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
Del total de plazas convocadas para ingreso directo en la Escala de Cabos y
Guardias, autorizadas en el artículo anterior, se reservan 1.248 a personal militar
profesional de tropa y marinería que lleve al menos cinco años de servicios efectivos
como tal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley 8/2006, de 24 de abril,
de Tropa y Marinería, y 240 plazas para el alumnado del Colegio de Guardias Jóvenes.
Las plazas reservadas a personal militar de tropa y marinería y al alumnado del
Colegio de Guardias Jóvenes, mencionadas en el párrafo anterior, que no sean cubiertas
por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas libres.
cve: BOE-A-2025-7786
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 3. Reserva de plazas en la Escala de Cabos y Guardias.
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53875
acceso al empleo público. Estas instrucciones fueron incorporadas, en un primer
momento, en la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las
normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los
centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de
la Guardia Civil, y revisadas posteriormente mediante su modificación a través de la
Orden PCM/521/2021, de 27 de mayo, y la Orden PCM/1133/2023, de 17 de octubre,
para mayor claridad y seguridad jurídica de quienes pudieran verse afectados por los
motivos de exclusión a los que se hace referencia en el citado acuerdo.
En cuanto a su contenido y tramitación, esta norma observa los principios previstos
para la regulación normativa en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo común de las Administraciones Públicas, y, en particular, con los principios
de buena regulación previstos en el artículo 129 de dicha ley. Concretamente, en lo
referente al principio de transparencia, se han llevado a cabo los trámites de audiencia e
información pública, posibilitando el acceso a la información y la participación activa de
las personas destinatarias de esta norma. Asimismo, se han considerado los principios
de eficiencia y seguridad jurídica, al darse continuidad a la norma que le antecede, sin
crear nuevas cargas administrativas y teniendo en cuenta el resto de disposiciones de
carácter general que informan la gestión del personal del conjunto de la administración
pública; y de necesidad y proporcionalidad, al proponerse una oferta de empleo público
que permita reponer el personal necesario para el cuerpo de la Guardia Civil y, así, poder
abordar adecuadamente los importantes retos y demandas que afronta esta institución,
con eficiencia y calidad en la prestación de servicio que se ofrece a la ciudadanía.
Además, en el establecimiento de esta oferta de empleo público se tiene en cuenta lo
dispuesto en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
En su virtud, a iniciativa conjunta de los Ministros de Defensa y del Interior, a
propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de abril de 2025,
DISPONGO:
Artículo 1.
Aprobación de la oferta de empleo público.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, se aprueba la oferta
de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2025.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente oferta de empleo
público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función
Pública y sólo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas y
se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de ordenación de la
enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo.
Artículo 2.
Ingreso directo en el Cuerpo de la Guardia Civil.
Se autoriza la convocatoria de 3.118 plazas para ingreso directo en la Escala de
Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
Del total de plazas convocadas para ingreso directo en la Escala de Cabos y
Guardias, autorizadas en el artículo anterior, se reservan 1.248 a personal militar
profesional de tropa y marinería que lleve al menos cinco años de servicios efectivos
como tal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley 8/2006, de 24 de abril,
de Tropa y Marinería, y 240 plazas para el alumnado del Colegio de Guardias Jóvenes.
Las plazas reservadas a personal militar de tropa y marinería y al alumnado del
Colegio de Guardias Jóvenes, mencionadas en el párrafo anterior, que no sean cubiertas
por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas libres.
cve: BOE-A-2025-7786
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 3. Reserva de plazas en la Escala de Cabos y Guardias.