Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-14183)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 9 de abril de 2025, del tramo de costa de unos 576 metros, comprendido entre la Baja Enrique y Alojera, en el t.m. de Vallehermoso, Isla de la Gomera (Santa Cruz de Tenerife). Refª. DES01/23/38/0001.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 21362
reglamentariamente de las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el
deslinde aprobado, por lo que procede que por el Servicio Periférico de Costas
instructor del expediente, se realicen las actuaciones correspondientes en dicho
sentido.
6) Sobre la existencia de posibles derechos de particulares que hayan quedado
afectados por este deslinde, cabe manifestar que está prevista su transformación
en derechos de uso en las disposiciones transitorias de la Ley 22/1988, de 28 de
julio.
Por todo lo anterior,
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO:
I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del
tramo de costa de unos 576 metros, comprendido entre la Baja Enrique y Alojera,
en el t.m. de Vallehermoso, Isla de la Gomera (Santa Cruz de Tenerife), según se
define en los planos suscritos en febrero de 2025, por el Jefe del Servicio Periférico
de Costas en Tenerife.
II) Ordenar al Servicio Periférico de Costas en Tenerife que inicie las
actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales
contradictorias con el deslinde aprobado.
III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a
aquellos titulares de terrenos incluidos en el dominio público marítimo-terrestre,
que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la
disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los
interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes
ante la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico o,
directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el
requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación
de la presente resolución.
P.D. (O.M. TED/533/2021, de 20 de mayo,
BOE de 31 de mayo de 2021)
LA DIRECTORA GENERAL
Fdo.: Ana María Oñoro Valenciano"
cve: BOE-B-2025-14183
Verificable en https://www.boe.es
LA MINISTRA,
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 21362
reglamentariamente de las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el
deslinde aprobado, por lo que procede que por el Servicio Periférico de Costas
instructor del expediente, se realicen las actuaciones correspondientes en dicho
sentido.
6) Sobre la existencia de posibles derechos de particulares que hayan quedado
afectados por este deslinde, cabe manifestar que está prevista su transformación
en derechos de uso en las disposiciones transitorias de la Ley 22/1988, de 28 de
julio.
Por todo lo anterior,
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO:
I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del
tramo de costa de unos 576 metros, comprendido entre la Baja Enrique y Alojera,
en el t.m. de Vallehermoso, Isla de la Gomera (Santa Cruz de Tenerife), según se
define en los planos suscritos en febrero de 2025, por el Jefe del Servicio Periférico
de Costas en Tenerife.
II) Ordenar al Servicio Periférico de Costas en Tenerife que inicie las
actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales
contradictorias con el deslinde aprobado.
III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a
aquellos titulares de terrenos incluidos en el dominio público marítimo-terrestre,
que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la
disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los
interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes
ante la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico o,
directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el
requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación
de la presente resolución.
P.D. (O.M. TED/533/2021, de 20 de mayo,
BOE de 31 de mayo de 2021)
LA DIRECTORA GENERAL
Fdo.: Ana María Oñoro Valenciano"
cve: BOE-B-2025-14183
Verificable en https://www.boe.es
LA MINISTRA,