Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-7624)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 52640
7.2 Una vez finalizada la prueba, la comisión realizará una valoración sobre cada
persona candidata, ajustada, en todo caso, a los criterios generales y específicos de
valoración previamente establecidos por la comisión, en el que valorará el historial
académico, docente e investigador, el proyecto docente e investigador, transferencia de
conocimiento, dominio de la materia, así como las capacidades de la persona candidata
para la exposición y el debate ante la comisión demostradas durante la prueba.
7.3 La Comisión de Selección en el transcurso de la prueba, valorará y apreciará si
las personas aspirantes que no ostenten la nacionalidad española, poseen el
conocimiento adecuado del español, pudiendo para ello establecer pruebas específicas
destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
7.4 Una vez finalizado el concurso, la comisión hará públicos los resultados de la
evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados, mediante su exposición en el tablón de anuncios del departamento al que
corresponda la plaza objeto de concurso.
8.
Propuesta de provisión
8.1 Finalizado el proceso de selección y a la vista de las valoraciones de la prueba,
la comisión procederá a realizar una propuesta, motivada y con carácter vinculante, de
las personas candidatas para ocupar las plazas, de acuerdo con el orden determinado
por la puntuación obtenida, no pudiendo proponer un número superior al de plazas
convocadas.
8.2 Todos los concursos podrán concluir con la propuesta de la comisión de no
provisión de plazas, teniendo en cuenta lo dispuesto por la normativa de aplicación.
8.3 La propuesta motivada de provisión de la plaza se hará pública en el lugar de
celebración del concurso y en el tablón de anuncios del departamento, en el plazo
máximo de cinco días desde el siguiente a la finalización de las pruebas e indicará los
medios de impugnación que se podrán utilizar por las personas interesadas. Dicha
propuesta permanecerá expuesta, al menos, hasta la finalización del plazo para
interponer recurso administrativo.
8.4 El presidente/a de la comisión, una vez efectuada y publicada la propuesta de
provisión, elevará al rector, trasladando al Servicio de Gestión de Personal Docente e
Investigador, el expediente completo, actas e informes; así como certificación de la
misma.
Recursos contra la propuesta de provisión
9.1 Contra las propuestas de provisión de las comisiones de los concursos de
acceso, las personas candidatas podrán presentar reclamación ante el rector, en el plazo
máximo de diez días contados a partir del siguiente a la publicación de la misma en el
tablón de anuncios del departamento.
9.2 Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución.
9.3 Esta reclamación será valorada por una Comisión de Reclamaciones
compuesta por siete Catedráticos o Catedráticas de Universidad pertenecientes a
diversos ámbitos del conocimiento, designados en la forma que establezcan los
Estatutos, con amplia experiencia docente e investigadora.
Previamente a la resolución, la Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de
la comisión contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y a las
personas candidatas que hubieran participado en el concurso.
Esta comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar por las
garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de
tres meses, tras lo que el rector dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de la
Comisión de Reclamaciones. Transcurrido el indicado plazo sin haber sido resuelta, se
entenderá que la reclamación presentada ha sido desestimada.
cve: BOE-A-2025-7624
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. II.B. Pág. 52640
7.2 Una vez finalizada la prueba, la comisión realizará una valoración sobre cada
persona candidata, ajustada, en todo caso, a los criterios generales y específicos de
valoración previamente establecidos por la comisión, en el que valorará el historial
académico, docente e investigador, el proyecto docente e investigador, transferencia de
conocimiento, dominio de la materia, así como las capacidades de la persona candidata
para la exposición y el debate ante la comisión demostradas durante la prueba.
7.3 La Comisión de Selección en el transcurso de la prueba, valorará y apreciará si
las personas aspirantes que no ostenten la nacionalidad española, poseen el
conocimiento adecuado del español, pudiendo para ello establecer pruebas específicas
destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
7.4 Una vez finalizado el concurso, la comisión hará públicos los resultados de la
evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados, mediante su exposición en el tablón de anuncios del departamento al que
corresponda la plaza objeto de concurso.
8.
Propuesta de provisión
8.1 Finalizado el proceso de selección y a la vista de las valoraciones de la prueba,
la comisión procederá a realizar una propuesta, motivada y con carácter vinculante, de
las personas candidatas para ocupar las plazas, de acuerdo con el orden determinado
por la puntuación obtenida, no pudiendo proponer un número superior al de plazas
convocadas.
8.2 Todos los concursos podrán concluir con la propuesta de la comisión de no
provisión de plazas, teniendo en cuenta lo dispuesto por la normativa de aplicación.
8.3 La propuesta motivada de provisión de la plaza se hará pública en el lugar de
celebración del concurso y en el tablón de anuncios del departamento, en el plazo
máximo de cinco días desde el siguiente a la finalización de las pruebas e indicará los
medios de impugnación que se podrán utilizar por las personas interesadas. Dicha
propuesta permanecerá expuesta, al menos, hasta la finalización del plazo para
interponer recurso administrativo.
8.4 El presidente/a de la comisión, una vez efectuada y publicada la propuesta de
provisión, elevará al rector, trasladando al Servicio de Gestión de Personal Docente e
Investigador, el expediente completo, actas e informes; así como certificación de la
misma.
Recursos contra la propuesta de provisión
9.1 Contra las propuestas de provisión de las comisiones de los concursos de
acceso, las personas candidatas podrán presentar reclamación ante el rector, en el plazo
máximo de diez días contados a partir del siguiente a la publicación de la misma en el
tablón de anuncios del departamento.
9.2 Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución.
9.3 Esta reclamación será valorada por una Comisión de Reclamaciones
compuesta por siete Catedráticos o Catedráticas de Universidad pertenecientes a
diversos ámbitos del conocimiento, designados en la forma que establezcan los
Estatutos, con amplia experiencia docente e investigadora.
Previamente a la resolución, la Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de
la comisión contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y a las
personas candidatas que hubieran participado en el concurso.
Esta comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar por las
garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de
tres meses, tras lo que el rector dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de la
Comisión de Reclamaciones. Transcurrido el indicado plazo sin haber sido resuelta, se
entenderá que la reclamación presentada ha sido desestimada.
cve: BOE-A-2025-7624
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