Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. Asistencia sanitaria. (BOE-A-2025-7657)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Concierto con Nueva Mutua Sanitaria, para el aseguramiento de la asistencia sanitaria a los mutualistas destinados y/o residentes en el extranjero y sus beneficiarios durante los años 2025, 2026 y 2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Martes 15 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 52927

legislación sanitaria vigente del país donde se produzca el trasplante, correspondiendo a
la Entidad asumir todos los gastos de obtención y trasplante del órgano o tejido.
E.

Protonterapia.

Se incluye la técnica de protonterapia en los términos de la Resolución del 30 de
noviembre de 2020, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema
Nacional de Salud y Farmacia, por la que se hacen públicos los acuerdos de la Comisión
de prestaciones, aseguramiento y financiación de 14 de julio de 2020 en relación a la
técnica de protonterapia en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.
En esta resolución se recogen las indicaciones que estarán incluidas en la financiación
del SNS para esta terapia.
Será necesaria autorización de la Entidad, conforme a la cláusula 3.2.2.F, previa
verificación por MUFACE de que el tratamiento prescrito se ajusta a los criterios e
indicaciones aprobados para el Sistema Nacional de Salud.
2.2.4

Programas preventivos.

En el apartado A del anexo 1 se relacionan las asistencias preventivas incluidas en la
Cartera de Servicios del Concierto. En todo caso, la información sobre estos programas
preventivos deberá figurar en la página web de la Entidad.
2.2.5

Atención de Urgencias.

Se incluye la atención de urgencia en los casos en que la situación clínica obligue a
una atención sanitaria inmediata durante las 24 horas del día todos los días del año, en
el lugar en que se produzca la necesidad de la asistencia y en los centros sanitarios.
2.2.6

Cuidados Paliativos.

Comprende la atención integral, individualizada y continuada, de personas con
enfermedad en situación avanzada no susceptible de recibir tratamientos con finalidad
curativa y con una esperanza de vida limitada, así como de las personas a ellas
vinculadas. Su objetivo terapéutico es la mejora de la calidad de vida, con respeto a su
sistema de creencias, preferencias y valores.
El nivel de complejidad del enfermo determinará el lugar más adecuado para
proporcionar la atención de cuidados paliativos, que se prestará en el domicilio del
paciente, si fuera preciso, en régimen de hospitalización.
Rehabilitación.

Los tratamientos de rehabilitación y fisioterapia en pacientes con déficit funcional
recuperable prescritos por médicos rehabilitadores o especialistas responsables de las
patologías susceptibles de dichos tratamientos, aunque requieran la intervención de
distintos profesionales, según corresponda: médico rehabilitador, fisioterapeuta,
terapeuta ocupacional y logopeda, o de técnicas rehabilitadoras.
Incluye la rehabilitación de las afecciones del sistema musculoesquelético, del
sistema nervioso, del sistema cardiovascular y del sistema respiratorio, a través de
fisioterapia, adaptación de métodos técnicos (ortoprótesis), terapia ocupacional, y
logopedia que tenga relación directa con procesos patológicos de los que ya vengan
siendo tratados por estar incluidos en la Cartera de Servicios. No se consideran incluidos
los denominados Trastornos del Aprendizaje cuya atención es competencia del sistema
educativo.
El número de sesiones está supeditado al criterio facultativo y a la situación del
paciente. Al tratarse de una atención dirigida a pacientes con déficit funcional
recuperable, la obligación de la Entidad terminará cuando se haya conseguido la
recuperación funcional totalmente, o el máximo posible de ésta por haber entrado el
proceso en un estado de estabilización insuperable, conforme al informe del médico

cve: BOE-A-2025-7657
Verificable en https://www.boe.es

2.2.7