Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Navegación marítima. (BOE-A-2025-7641)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica la de 10 de diciembre de 2024, por la que se establecen exenciones temporales a la aplicación del Reglamento (UE) 2023/1805 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023, relativo al uso de combustibles renovables y combustibles hipocarbónicos en el transporte marítimo y por el que se modifica la Directiva 2009/16/CE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Martes 15 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 52797

2. Los puertos de interés general de la Comunidad Autónoma de Canarias
citados en el grupo I del anexo de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de
Canarias».
Segundo.

Comunicación a la Comisión Europea y publicación.

Esta resolución se notificará a la Comisión para la publicación de las exenciones en
el «Diario Oficial de la Unión Europea». Asimismo, esta resolución se publicará en
el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.

Efectos.

Esta resolución tiene los mismos efectos que la Resolución de 10 de diciembre
de 2024, de la Dirección General de la Marina Mercante.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso de alzada ante el secretario general de Transportes Aéreo y Marítimo en el plazo
de un mes desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2025-7641
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 25 de marzo de 2025.–El Director General de la Marina Mercante, Gustavo
Santana Hernández.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X