Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2025-7628)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento de equipos, renting, con letras de identificación CRENT-RTECH, y sus anexos, para ser utilizado por Crede Rent, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Martes 15 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 52705

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS (RENTING)
CONDICIONES PARTICULARES
Mod.CRENT-RTECH aprobado por la Resolución de la DGSJFP, de fecha [ ]”
CONTRATO Nº

H. FIANZA
La fianza que se menciona en la Condición General S, que debe satisfacer el Arrendatario, asciende a la cantidad
de «fianza_» Euros y su pago se realizará a la fecha de firma del presente Contrato. Esta fianza será devuelta por
el Arrendador, una vez terminado el Contrato y cumplidas todas las condiciones y obligaciones por parte del
Arrendatario. Esta fianza se hace extensiva a cualesquiera prórrogas, renovaciones, novaciones o modificaciones
de cualquier tipo, expresas o tácitas, que no hagan más gravosa la obligación comprometida por el Garante en
virtud de este Contrato, que pudieran producirse en las obligaciones contraídas por el Sujeto Obligado,
considerándose vigente hasta la total extinción de las obligaciones que garantiza

I. TERMINACIÓN Y VENCIMIENTO ANTICIPADO
La presente relación arrendaticia finalizará, salvo que tenga lugar cualquiera de las causas de terminación o
vencimiento anticipado del presente contrato (según Condición General Q), el último día del periodo de vigencia
indicado en la Condición Particular G “Duración”.
J. IMPUESTOS Y TRIBUTOS
El Arrendador manifiesta que es una sociedad mercantil que no tiene naturaleza de entidad regulada y que por
ello no está sometida a supervisión de autoridad alguna en España, lo que el Arrendatario declara conocer y
aceptar expresamente. Por su parte, el Arrendatario manifiesta que no ha recibido ningún tipo de asesoramiento
por el Arrendador en relación con la operación objeto de este Contrato, en particular en lo que a sus aspectos
financieros, jurídicos y fiscales se refiere. Asimismo, el Arrendatario manifiesta que ha analizado la operación
objeto del presente Contrato y que la considera adecuada a sus intereses, el Equipo obtenido, de forma
independiente, el asesoramiento financiero, jurídico y fiscal que ha estimado necesario o conveniente a estos
efectos. Los Gastos, Impuestos y Tributos derivados del presente contrato serán asumidos por las partes según
se establece en la Condición General U.
K. DESTINO Y UBICACIÓN DE LOS EQUIPOS
DESTINO: proceso productivo propio
UBICACIÓN:

L.

PREPARACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO

Descripción de las especificaciones técnicas de instalación, según oferta de renting nº

N. CESIONES
Las partes acuerdan que solo el Arrendador podrá ceder sin recabar el consentimiento previo del Arrendatario:
(i) su posición contractual o (ii) la totalidad o parte de sus derechos y obligaciones derivados del Contrato a favor de
terceros, siempre y cuando dicha cesión no suponga un incremento de los costes para el Arrendatario o sus fiadores.
Por su parte, el Arrendatario deberá recabar la autorización previa del Arrendador para cualquier cesión de derechos
o posición contractual.

En
Fecha
Arrendatario 1

En
Fecha
Arrendatario 2

En
Fecha
Fiador/es Solidario/s

En
Fecha
Arrendador

cve: BOE-A-2025-7628
Verificable en https://www.boe.es

M. USO Y MANTENIMIENTO
El Arrendatario mantendrá durante la vigencia de este contrato, un contrato de prestación de servicios de
mantenimiento de los Equipos.