Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Contaminación atmosférica. (BOE-A-2025-7439)
Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Sábado 12 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 51619

Disposición adicional tercera. Exclusión del ámbito del real decreto de los equipos,
sistemas de armas, instalaciones y actividades de las Fuerzas Armadas.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este real decreto los equipos, sistemas
de armas, instalaciones y actividades cuyo propósito sea la protección de los intereses
esenciales de la Defensa Nacional. No obstante, el Ministerio de Defensa se esforzará
por garantizar, en la medida de lo posible y a través de su regulación específica, el objeto
y finalidad del real decreto.
Disposición adicional cuarta.

Inscripciones realizadas en el registro.

Seguirán siendo válidas las inscripciones realizadas en las tres secciones del registro con
arreglo a las condiciones previstas en el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que
se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido
de carbono, salvo que hubieran de realizarse las actualizaciones que fueran necesarias de
acuerdo con lo previsto en el último párrafo del artículo 3.2 del presente real decreto.
Disposición transitoria única.
empresa (pyme).

Aplicación de la definición de pequeña y mediana

La definición de pequeña y mediana empresa (pyme) que se recoge en el
apartado 3.i) del artículo 1 de este real decreto será de aplicación a las huellas de
carbono correspondientes a 2025 que se inscriban a partir del 1 de enero de 2026. Con
anterioridad a dicha fecha se empleará la definición reflejada en la Recomendación de la
Comisión, de 3 de abril de 1996, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Queda derogado el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el
registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de
carbono, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en el
presente real decreto.
Disposición final primera.
apoyo.

Adecuación de las herramientas y de los documentos de

La Oficina Española de Cambio Climático adecuará las herramientas y los
documentos de apoyo previa consulta a la Comisión de Coordinación de Políticas de
Cambio Climático, de forma que estén permanentemente actualizados en la página web
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Disposición final segunda. Determinación del plazo de inscripción y de los requisitos
técnicos de los proyectos de absorción de dióxido de carbono.

Disposición final tercera.

Títulos competenciales.

Este real decreto se dicta al amparo de lo establecido en los artículos 149.1.23.ª
y 149.1.13.ª de la Constitución Española, por los que corresponde al Estado,
respectivamente, la legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio
de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de
protección, y la competencia sobre las bases y la coordinación de la planificación general
de la actividad económica.

cve: BOE-A-2025-7439
Verificable en https://www.boe.es

Por orden de la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico se determinará el periodo máximo de tiempo de inscripción de los
proyectos de absorción de CO2 según establece el artículo 7.7 y los requisitos técnicos
para la inscripción de dichos proyectos en base a lo establecido en el artículo 7.4.