Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2025-7442)
Orden TDF/352/2025, de 10 de abril, por la que se crea la sede electrónica asociada del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Sábado 12 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 51627

7. A efectos de facilitar la atención a los usuarios de la sede electrónica asociada,
contará con un medio de atención para las consultas o incidencias técnicas, cuya
responsabilidad corresponderá a la División de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
8. Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la sede electrónica
asociada:
1.º Para el acceso electrónico, a través de Internet, bien directamente, o a través
del portal de internet en https://digital.sede.gob.es.
2.º Para la atención telefónica, a través de los servicios de información generales
(060) y los servicios de información departamental.
9. La sede electrónica asociada incluirá, como mínimo, los contenidos y servicios
relacionados en el apartado siguiente.
Tercero.

Contenidos y servicios.

1. La sede electrónica asociada pondrá a disposición de las personas físicas o
jurídicas los contenidos y servicios previstos en el artículo 11 del Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
2. La información y los servicios incluidos en la sede cumplirán los principios
establecidos en los apartados 3 y 5 del artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en
los términos establecidos por la normativa vigente en esta materia.
3. Los contenidos publicados en la sede responderán a los criterios de seguridad e
interoperabilidad que se derivan del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se
regula el Esquema Nacional de Seguridad, así como del Real Decreto 4/2010, de 8 de
enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad, en aplicación de lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
4. La sede electrónica asociada se identificará mediante certificados cualificados de
autenticación de sitio web.
Cuarto.

Medios para la formulación de sugerencias y quejas.

1. De acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 15 del Real
Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la
mejora de la calidad en la Administración General del Estado, los medios disponibles
para la formulación de sugerencias y quejas en relación con el contenido, gestión y
servicios ofrecidos en la sede electrónica asociada serán los siguientes:

2. No se considerarán medios para la formulación de sugerencias y quejas los
servicios de asesoramiento electrónico a la persona usuaria para la correcta utilización
de la sede.
Quinto.

Instrucciones de ejecución.

La persona titular de la Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función
Pública podrá adoptar las instrucciones necesarias para el mejor cumplimiento de esta
orden.

cve: BOE-A-2025-7442
Verificable en https://www.boe.es

a) Presentación electrónica, a través del servicio para la formulación de
sugerencias y quejas disponible en la sede.
b) Presentación presencial o por correo postal, en aplicación del artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.