Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-7398)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la prórroga y modificación del Convenio colectivo de Avis Alquile un Coche, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Viernes 11 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 51161

en la Empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un
título académico o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a
cursos de formación profesional o a la concesión del oportuno Permiso no
retribuido para asistir a cursos de formación o perfeccionamiento profesional,
previo aviso y justificación, con reserva del puesto de trabajo.
La Empresa atendiendo en cada caso a las circunstancias concurrentes y las
posibilidades y exigencias del servicio, podrá:
i. Facilitar los Permisos necesarios para que las personas trabajadoras
puedan asistir a cursos de mecánica y electricidad del automóvil, organizados por
el Ministerio de Trabajo y Economía Social. Estos Permisos no serán retribuidos.
ii. Pagar los derechos de expedición del Certificado de Graduado Escolar/
Educación Secundaria Obligatoria a aquellas personas trabajadoras que, no
hallándose en posesión del mismo, decidieran presentarse a los correspondientes
exámenes para su obtención.
La dotación en el año 2025 de la bolsa de formación para efectuar cursos será
de 64.531,26 euros, con un máximo de formación por empleado/año de 2.080
euros anualmente.
La dotación en el año 2026 de la bolsa de formación para efectuar cursos será
de 64.531,26 euros, con un máximo de formación por empleado/año de 2.080
euros anualmente.
La formación irá dirigida a Inglés, Francés, Alemán, Informática, Contabilidad
General, así como la referida a Regímenes fiscales y nóminas y seguros sociales,
así como seguridad y salud laboral y titulaciones universitarias o de formación
profesional. En el caso de que existiera remanente un año se acumulará al
siguiente. Las condiciones de acceso a los beneficios del plan serán establecidas
por la comisión paritaria.
La Empresa y la Representación de las personas Trabajadoras entienden que,
como regla general, toda persona, para mantener su productividad y
competitividad dentro de la Compañía, tiene que reciclarse y actualizarse
profesionalmente, lo que conduce a la importancia de la Formación Profesional,
siendo indiferente, de entrada, la tarea a desarrollar.»
Undécimo.

Canon de representación.

En relación con esta materia, se acuerda modificar la redacción del artículo 53 del
Convenio Colectivo que queda como sigue:
Canon de representación.

Para atender económicamente la gestión de los Representantes de los
Trabajadores, el personal afectado por este Convenio que lo desee podrá
contribuir con la cantidad anual de 25 euros en 2025 y 2026.
Dicha contribución voluntaria podrá ser hecha efectiva por las personas
trabajadoras conformes con ella, bien directamente al Secretario del Comité
Intercentros, bien mediante la detracción de su importe de la nómina del mes de
julio de cada año, previa autorización expresa y escrita, por carta dirigida, antes
del 31 de mayo inmediato anterior, al Área de RRHH de "Avis Alquile un Coche,
SAU", con copia al Secretario del Comité Intercentros.
Las autorizaciones emitidas con anterioridad a la firma del presente Convenio
conservarán su validez mientras no sean revocadas expresamente y por escrito
por los interesados, mediante carta dirigida al Área de RRHH, con copia al
Secretario del Comité Intercentros, con anterioridad al día 30 de junio de cada
año.»

cve: BOE-A-2025-7398
Verificable en https://www.boe.es

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