Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2025-7333)
Resolución de 25 de marzo de 2025, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por concurso-oposición, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Titulado/a Especialista en Ciencias de la Salud: Medicina Familiar y Comunitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 50629

bolsa general de puntos, de la que se detraerán los puntos correspondientes a las
preguntas contestadas erróneamente.
Las puntuaciones se redondearán al tercer decimal.
La puntuación máxima posible será de 100 puntos, y ello determinará escalonadamente
el resto de las puntuaciones.
Para superar esta fase será preciso obtener una calificación mínima de 50 puntos.
1.2 La plantilla con las respuestas otorgadas por el Tribunal Calificador se publicará
en los medios electrónicos incluidos en esta convocatoria en el plazo de dos días hábiles
desde la fecha del examen. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la plantilla, para
plantear impugnaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas
otorgadas por el Tribunal. Dichas impugnaciones deberán dirigirse debidamente
documentadas, a la sede del Tribunal.
1.3 El Tribunal Calificador publicará las calificaciones de las personas aspirantes
que hayan superado el ejercicio, mediante resolución que se publicará en los medios
indicados en la convocatoria. Asimismo, la resolución indicará las preguntas anuladas
por el Tribunal Calificador en base a las impugnaciones presentadas, que serán
sustituidas por otras tantas de las de reserva en el orden en que figuran en el
cuestionario de examen.
2.

Fase de concurso

2.1 El concurso va dirigido a evaluar las competencias profesionales de las
personas aspirantes que han superado la fase de oposición con arreglo a lo dispuesto en
el punto 1.1 del presente anexo, y consistirá en la valoración por el Tribunal Calificador,
con arreglo al baremo que se publica como anexo III, de los méritos que acrediten las
personas aspirantes, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes del
proceso selectivo.
2.2 Para ello, las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
dispondrán de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación, en los medios indicados, de las calificaciones obtenidas en la fase de
oposición, para presentar a través de los registros a que se refiere el artículo 16.4.a) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, ante el Tribunal Calificador, con sede en la Dirección del
INGESA, la documentación acreditativa de los méritos alegados.
2.3 Los documentos que deberán remitirse son los siguientes:
2.3.1 Relación numerada de los documentos aportados. En el apartado de
formación continuada, dicha relación deberá estar ordenada cronológicamente de más
antigua a más actual, con indicación de título, fecha de inicio y fin, créditos u horas.
2.3.2 Autovaloración de los méritos que la persona aspirante considera valorables
de conformidad con el baremo de méritos. En ningún caso esta autoevaluación vinculará
al Tribunal, teniendo un carácter meramente orientativo.
2.3.3 Titulación requerida para el acceso a la categoría.
2.3.4 Documentación acreditativa de los méritos alegados.
En el supuesto de que los documentos presentados no sean originales, será de
aplicación lo establecido en el artículo 28.5 de la Ley 39/2015 del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, responsabilizándose las
personas interesadas de la veracidad de los mismos.
2.4 La puntuación máxima posible que se puede obtener en el concurso será
de 100 puntos. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá
aplicarse para alcanzar la puntuación mínima de la fase de oposición.
Las puntuaciones se redondearán al tercer decimal.

cve: BOE-A-2025-7333
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Núm. 88