Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-7295)
Real Decreto 213/2025, de 18 de marzo, por el que se regulan aspectos específicos de los grados A, B y C de Formación Profesional para la familia profesional Hostelería y Turismo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Viernes 11 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 50464
UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento. (*)
(*) Para la acreditación completa del Estándar de Competencia UC0265_3: Gestionar departamentos del
área de alojamiento, además del módulo profesional 0175. Gestión del departamento de pisos y el módulo
profesional 0177. Recursos humanos en el alojamiento incluidos en este grado C, se necesita el módulo
profesional 0176. Recepción y reservas.
5.
Entorno profesional
Este profesional ejerce su actividad por cuenta ajena en el área de alojamientos,
concretamente en el departamento de pisos, de cualquier tipo de empresa o entidad de
carácter privado o público, en todos los sectores productivos.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
– Gobernantes/as o encargados/as general del servicio de pisos y limpieza.
– Subgobernantes/as o encargados/as de sección del servicio de pisos y limpieza.
– Gestores/as de alojamiento en residencias, hospitales y similares.
6.
Espacios y equipamientos mínimos
Los espacios y el equipamiento mínimo necesarios quedan establecidos como siguen:
Espacios
Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este certificado
profesional son aula polivalente, taller de lavandería-lencería, aula de recepción y aula
de alojamiento, cuyos requisitos y consideraciones generales serán los indicados en los
reales decretos de establecimiento de los títulos.
Aula polivalente.
Ordenadores instalados en red, cañón de proyección e internet.
Medios audiovisuales.
Software de aplicación.
Taller de lavandería –
lencería.
Material de costura.
Carros equipados de limpieza.
Material de limpieza.
Aspiradoras.
Equipo de lencería.
Lavadora semi industrial o industrial.
Secadora semi industrial o industrial.
Centros de planchado.
Estanterías.
Mesas de trabajo.
Mobiliario de lavandería y lencería.
Sillas.
Material de decoración.
Ordenador e impresora.
Aula de recepción.
Fotocopiadora.
Ordenador.
Impresora.
Grabadora de tarjetas de apertura de puertas y cargo de servicios.
Mobiliario de recepción (mostrador, sillas de oficina, archivadores,
entre otros).
Software de gestión de alojamientos turísticos.
cve: BOE-A-2025-7295
Verificable en https://www.boe.es
Equipamientos mínimos
Núm. 88
Viernes 11 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 50464
UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento. (*)
(*) Para la acreditación completa del Estándar de Competencia UC0265_3: Gestionar departamentos del
área de alojamiento, además del módulo profesional 0175. Gestión del departamento de pisos y el módulo
profesional 0177. Recursos humanos en el alojamiento incluidos en este grado C, se necesita el módulo
profesional 0176. Recepción y reservas.
5.
Entorno profesional
Este profesional ejerce su actividad por cuenta ajena en el área de alojamientos,
concretamente en el departamento de pisos, de cualquier tipo de empresa o entidad de
carácter privado o público, en todos los sectores productivos.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
– Gobernantes/as o encargados/as general del servicio de pisos y limpieza.
– Subgobernantes/as o encargados/as de sección del servicio de pisos y limpieza.
– Gestores/as de alojamiento en residencias, hospitales y similares.
6.
Espacios y equipamientos mínimos
Los espacios y el equipamiento mínimo necesarios quedan establecidos como siguen:
Espacios
Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este certificado
profesional son aula polivalente, taller de lavandería-lencería, aula de recepción y aula
de alojamiento, cuyos requisitos y consideraciones generales serán los indicados en los
reales decretos de establecimiento de los títulos.
Aula polivalente.
Ordenadores instalados en red, cañón de proyección e internet.
Medios audiovisuales.
Software de aplicación.
Taller de lavandería –
lencería.
Material de costura.
Carros equipados de limpieza.
Material de limpieza.
Aspiradoras.
Equipo de lencería.
Lavadora semi industrial o industrial.
Secadora semi industrial o industrial.
Centros de planchado.
Estanterías.
Mesas de trabajo.
Mobiliario de lavandería y lencería.
Sillas.
Material de decoración.
Ordenador e impresora.
Aula de recepción.
Fotocopiadora.
Ordenador.
Impresora.
Grabadora de tarjetas de apertura de puertas y cargo de servicios.
Mobiliario de recepción (mostrador, sillas de oficina, archivadores,
entre otros).
Software de gestión de alojamientos turísticos.
cve: BOE-A-2025-7295
Verificable en https://www.boe.es
Equipamientos mínimos