Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-7295)
Real Decreto 213/2025, de 18 de marzo, por el que se regulan aspectos específicos de los grados A, B y C de Formación Profesional para la familia profesional Hostelería y Turismo.
110 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 50421
d) Técnico en Cocina y Gastronomía, establecido por el Real Decreto 1396/2007,
de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico en Cocina y Gastronomía y
se fijan sus enseñanzas mínimas.
e) Técnico en Servicios en Restauración, establecido por el Real
Decreto 1690/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico en
Servicios en Restauración y se fijan sus enseñanzas mínimas.
f) Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos, establecido por el Real
Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
g) Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos, establecido por el
Real Decreto 1254/2009, de 24 de julio, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Agencias de Viajes y Gestión de eventos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
h) Técnico Superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas, establecido por
el Real Decreto 1255/2009, de 24 de julio, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas y se fijan sus enseñanzas
mínimas.
i) Técnico Superior en Dirección de Cocina, establecido por el Real
Decreto 687/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior
en Dirección de Cocina y se fijan sus enseñanzas mínimas.
j) Técnico Superior en Dirección de Servicios de Restauración, establecido por el
Real Decreto 688/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Dirección de Servicios de Restauración y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Artículo 2. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Básico en
Cocina y Restauración de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
1. Se establece el certificado profesional HOT_C_001_3B. Servicios auxiliares en
cocina, que figura en el anexo I, apartado a), así como los certificados de competencia
recogidos en el anexo II, apartado a) y las acreditaciones parciales de competencia
recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional HOT_C_002_3B. Servicios auxiliares en
restaurante y bar, que figura en el anexo I, apartado b), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado b) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional HOT_C_003_3B. Servicios auxiliares en
catering y colectividades, que figura en el anexo I, apartado c), así como los certificados
de competencia recogidos en el anexo II, apartado c) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 3. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Básico en
Alojamiento y Lavandería de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
1. Se establece el certificado profesional HOT_C_004_3B. Actividades básicas del
departamento de pisos, que figura en el anexo I, apartado d), así como los certificados
de competencia recogidos en el anexo II, apartado d) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional HOT_C_005_3B. Actividades básicas
de lavandería y lencería, que figura en el anexo I, apartado e), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado e) y las
acreditaciones parciales de competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 4. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Básico en
Actividades de Panadería y Pastelería de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
1. Se establece el certificado profesional HOT_C_006_3B. Actividades básicas de
panadería y pastelería, que figura en el anexo I, apartado f), así como los certificados de
cve: BOE-A-2025-7295
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88
Viernes 11 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 50421
d) Técnico en Cocina y Gastronomía, establecido por el Real Decreto 1396/2007,
de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico en Cocina y Gastronomía y
se fijan sus enseñanzas mínimas.
e) Técnico en Servicios en Restauración, establecido por el Real
Decreto 1690/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico en
Servicios en Restauración y se fijan sus enseñanzas mínimas.
f) Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos, establecido por el Real
Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
g) Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos, establecido por el
Real Decreto 1254/2009, de 24 de julio, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Agencias de Viajes y Gestión de eventos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
h) Técnico Superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas, establecido por
el Real Decreto 1255/2009, de 24 de julio, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas y se fijan sus enseñanzas
mínimas.
i) Técnico Superior en Dirección de Cocina, establecido por el Real
Decreto 687/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior
en Dirección de Cocina y se fijan sus enseñanzas mínimas.
j) Técnico Superior en Dirección de Servicios de Restauración, establecido por el
Real Decreto 688/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Dirección de Servicios de Restauración y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Artículo 2. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Básico en
Cocina y Restauración de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
1. Se establece el certificado profesional HOT_C_001_3B. Servicios auxiliares en
cocina, que figura en el anexo I, apartado a), así como los certificados de competencia
recogidos en el anexo II, apartado a) y las acreditaciones parciales de competencia
recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional HOT_C_002_3B. Servicios auxiliares en
restaurante y bar, que figura en el anexo I, apartado b), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado b) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional HOT_C_003_3B. Servicios auxiliares en
catering y colectividades, que figura en el anexo I, apartado c), así como los certificados
de competencia recogidos en el anexo II, apartado c) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 3. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Básico en
Alojamiento y Lavandería de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
1. Se establece el certificado profesional HOT_C_004_3B. Actividades básicas del
departamento de pisos, que figura en el anexo I, apartado d), así como los certificados
de competencia recogidos en el anexo II, apartado d) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional HOT_C_005_3B. Actividades básicas
de lavandería y lencería, que figura en el anexo I, apartado e), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado e) y las
acreditaciones parciales de competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 4. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Básico en
Actividades de Panadería y Pastelería de la Familia Profesional Hostelería y Turismo.
1. Se establece el certificado profesional HOT_C_006_3B. Actividades básicas de
panadería y pastelería, que figura en el anexo I, apartado f), así como los certificados de
cve: BOE-A-2025-7295
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88