Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-7431)
Pleno. Sentencia 65/2025, de 18 de marzo de 2025. Recurso de amparo 7035-2023. Promovido por doña Eva Rosado Fuentes en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Viernes 11 de abril de 2025

Sec. TC. Pág. 51562

Constitucional (en adelante, LOTC), como consecuencia de que la posible vulneración
del derecho fundamental que se denuncia pudiera provenir de la ley o de otra disposición
de carácter general [STC 155/2009, de 25 de junio, FJ 2.c)]. Asimismo, se acordó en la
misma providencia recabar de los órganos judiciales copia adverada de las actuaciones,
ordenando se procediera a emplazar a quienes fueron parte en las distintas instancias
(juzgado de lo social y salas del Tribunal Superior de Justicia y del Tribunal Supremo)
para que, en el plazo de diez días, si lo desearan, pudieran comparecer en este proceso
constitucional.
5. Solicitado por el letrado de la administración de la Seguridad Social su
personación en nombre del INSS y de la Tesorería General de la Seguridad Social,
mediante diligencia de ordenación del secretario de justicia de la Sala Segunda de este
tribunal de 4 de diciembre de 2024 se acordó tenerle por personado y parte y dar vista
de las actuaciones recibidas a las partes personadas y al Ministerio Fiscal, por plazo
común de veinte días, a fin de presentar las alegaciones que estimen pertinentes,
conforme determina el artículo 52.1 LOTC.
6. El 9 de enero de 2025 la representación procesal de la demandante presentó su
escrito de alegaciones, poniendo de manifiesto que debe proyectarse al presente asunto
lo resuelto en la STC 140/2024, de 6 de noviembre, que estima la cuestión de
inconstitucionalidad núm. 6694-2023.
7. El 14 de enero de 2025 el letrado de la administración de la Seguridad Social
presentó sus alegaciones, solicitando que, en el supuesto de estimación del recurso de
amparo, se dicte sentencia conforme con lo señalado en la reciente STC 140/2024, de 6
de noviembre, dictada en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6694-2023 y se
retrotraigan las actuaciones para que el INSS dicte nueva resolución administrativa, que
resulte respetuosa con el derecho de la recurrente y de la normativa aplicable. Señala
específicamente que ha de limitarse la ampliación del permiso y de la correspondiente
prestación por nacimiento y cuidado del menor a ocho semanas, al producirse el
nacimiento del menor en el año 2019, de acuerdo con lo previsto en la disposición
transitoria decimotercera de la Ley del estatuto de los trabajadores relativa a la
aplicación paulatina del artículo 48 LET, en la redacción dada por el Real Decretoley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y
de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
8. El 31 de enero de 2025 el Ministerio Fiscal interesó la estimación del recurso de
amparo, en aplicación de lo resuelto en la STC 140/2024, de 6 de noviembre.
9. El Pleno del Tribunal Constitucional, con fecha 18 de marzo de 2025, dictó
providencia en la que acuerda, a propuesta de su presidente, recabar para sí el
conocimiento de este recurso, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.n) LOTC.
10. Mediante providencia de 18 de marzo de 2025 se señaló ese mismo día para la
deliberación y votación de la presente sentencia.

Único.

Fundamentos jurídicos

Aplicación de la doctrina sentada en la STC 140/2024, de 6 de noviembre.

El objeto del presente recurso de amparo es dilucidar si las resoluciones
administrativas y judiciales impugnadas han quebrantado el derecho garantizado por el
artículo 14 CE, como sostiene la demandante, por incurrir en discriminación indirecta de
esta por razón de sexo y en discriminación de su hijo por razón de nacimiento, como
consecuencia de no haber realizado una interpretación integradora de lo previsto en el
artículo 48.4 LET, en relación con el artículo 177 LGSS, en la redacción dada a los
mismos por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para

cve: BOE-A-2025-7431
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II.