Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-7385)
Orden TRM/351/2025, de 20 de marzo, por la que se convoca el Premio Nacional de Ingeniería Civil del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, correspondiente al año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Viernes 11 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 50992
La persona titular de la Dirección General del Agua.
La persona titular de la Dirección General de la Costa y el Mar.
La persona titular del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
Un representante de la Real Academia de Ingeniería.
Un representante del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Una representante del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
Un representante de la Asociación de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Don Leonardo Fernández Troyano, en su calidad de premiado en la convocatoria
anterior.
c) Ostentará la Secretaría del Jurado la persona titular de la Secretaría del Centro
de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, con las funciones que le reconoce la
ley y las bases reguladoras de este premio. Podrá actuar como suplente la persona que
designe la persona titular del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
2. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, las personas
titulares de las vocalías podrán ser suplidas por la persona del órgano del Departamento
que designen y los representantes podrán ser suplidos por la persona que designen,
acreditándolo ante la Secretaría del Jurado.
Tercero. Recursos contra la convocatoria.
1. Esta orden de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser
recurrida potestativamente en reposición o bien ser impugnada directamente ante el
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
2. El recurso potestativo de reposición se podrá interponer ante el órgano que la
dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de esta resolución de convocatoria, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. El recurso contencioso-administrativo se podrá interponer ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta
resolución de convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
4. Cuando la convocatoria se haya recurrido en reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso de reposición haya sido resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Cuarto.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 20 de marzo de 2025.–El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible,
Óscar Puente Santiago.
Bases del Premio Nacional de Ingeniería Civil 2025 del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible
Primera.
El Premio Nacional de Ingeniería Civil 2025 del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible se otorgará como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de un
profesional cuya aportación a la Ingeniería Civil, realizada fundamentalmente en España
cve: BOE-A-2025-7385
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO
Núm. 88
Viernes 11 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 50992
La persona titular de la Dirección General del Agua.
La persona titular de la Dirección General de la Costa y el Mar.
La persona titular del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
Un representante de la Real Academia de Ingeniería.
Un representante del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Una representante del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
Un representante de la Asociación de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Don Leonardo Fernández Troyano, en su calidad de premiado en la convocatoria
anterior.
c) Ostentará la Secretaría del Jurado la persona titular de la Secretaría del Centro
de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, con las funciones que le reconoce la
ley y las bases reguladoras de este premio. Podrá actuar como suplente la persona que
designe la persona titular del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
2. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, las personas
titulares de las vocalías podrán ser suplidas por la persona del órgano del Departamento
que designen y los representantes podrán ser suplidos por la persona que designen,
acreditándolo ante la Secretaría del Jurado.
Tercero. Recursos contra la convocatoria.
1. Esta orden de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser
recurrida potestativamente en reposición o bien ser impugnada directamente ante el
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
2. El recurso potestativo de reposición se podrá interponer ante el órgano que la
dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de esta resolución de convocatoria, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. El recurso contencioso-administrativo se podrá interponer ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta
resolución de convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
4. Cuando la convocatoria se haya recurrido en reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso de reposición haya sido resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Cuarto.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 20 de marzo de 2025.–El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible,
Óscar Puente Santiago.
Bases del Premio Nacional de Ingeniería Civil 2025 del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible
Primera.
El Premio Nacional de Ingeniería Civil 2025 del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible se otorgará como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de un
profesional cuya aportación a la Ingeniería Civil, realizada fundamentalmente en España
cve: BOE-A-2025-7385
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO