Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2025-7257)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Navarra, para la creación de la «Comisión Mixta de los Letrados de la Administración de Justicia y la Comunidad Foral de Navarra».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 50251
Con arreglo a lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Mediante el presente convenio se crea la Comisión Mixta entre el Departamento de
Interior, Función Pública y Justicia del Gobierno de Navarra y los Letrados de la
Administración de Justicia destinados en órganos y servicios del ámbito de la
Comunidad, conforme a lo previsto en el artículo 452.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
como órgano de información, comunicación, coordinación, colaboración y cooperación
entre el Departamento de Interior, Función Pública y Justicia y los Letrados de la
Administración de Justicia.
Segunda.
Funciones.
La Comisión Mixta tendrá las siguientes funciones:
1. Con carácter general, conocerá cuantas cuestiones afecten al ámbito
competencial de la Comunidad Foral de Navarra y al ejercicio de la función de los
Letrados de la Administración de Justicia de ordenación de la actividad del personal
integrante de la Oficina judicial, como directores técnico-procesales.
2. Ejercerá, en particular, las siguientes funciones:
a) Conocer la planificación y actuaciones respecto del personal al servicio de la
Administración de Justicia que guarden relación con el ejercicio de las funciones de los
Letrados de la Administración de Justicia.
b) Conocer las aplicaciones y tecnologías de la información y la comunicación que la
Comunidad Foral de Navarra implante en los órganos y servicios de la Administración de
Justicia, que guarden relación con las funciones propias de los Letrados de la Administración
de Justicia o con las que les correspondan como directores técnico-procesales.
c) Conocer la planificación y contenido de las actividades formativas dirigidas al
personal al servicio de la Administración de Justicia.
d) Impulsar la puesta en funcionamiento de la Oficina Judicial mediante el diseño,
creación y organización de los Servicios Comunes Procesales y de las Unidades
Procesales.
e) Conocer la planificación y ejecución sobre la provisión de medios materiales que
se efectúe por la Comunidad Foral de Navarra en lo que guarde relación con las
funciones de los Letrados de la Administración de Justicia.
1. La Comisión Mixta estará copresidida por la persona titular del departamento con
competencias en materia de justicia del Gobierno de Navarra y por el Secretario de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Foral de Navarra.
La presidencia se ejercerá, alternando por semestres naturales, por la persona titular
del departamento con competencias en materia de justicia del Gobierno de Navarra y por
el Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, empezando por el primero de
ellos, actuando el segundo como Vicepresidente de la comisión.
2. La Comisión Mixta estará integrada por los siguientes miembros:
a) En representación del departamento con competencias en materia de justicia, su
titular, el Director o Directora General de Justicia y un Director o Directora de Servicio de
la Dirección General de Justicia designado por la persona titular del departamento con
competencias en materia de justicia, que actuará como Secretario.
cve: BOE-A-2025-7257
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Composición.
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 50251
Con arreglo a lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Mediante el presente convenio se crea la Comisión Mixta entre el Departamento de
Interior, Función Pública y Justicia del Gobierno de Navarra y los Letrados de la
Administración de Justicia destinados en órganos y servicios del ámbito de la
Comunidad, conforme a lo previsto en el artículo 452.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
como órgano de información, comunicación, coordinación, colaboración y cooperación
entre el Departamento de Interior, Función Pública y Justicia y los Letrados de la
Administración de Justicia.
Segunda.
Funciones.
La Comisión Mixta tendrá las siguientes funciones:
1. Con carácter general, conocerá cuantas cuestiones afecten al ámbito
competencial de la Comunidad Foral de Navarra y al ejercicio de la función de los
Letrados de la Administración de Justicia de ordenación de la actividad del personal
integrante de la Oficina judicial, como directores técnico-procesales.
2. Ejercerá, en particular, las siguientes funciones:
a) Conocer la planificación y actuaciones respecto del personal al servicio de la
Administración de Justicia que guarden relación con el ejercicio de las funciones de los
Letrados de la Administración de Justicia.
b) Conocer las aplicaciones y tecnologías de la información y la comunicación que la
Comunidad Foral de Navarra implante en los órganos y servicios de la Administración de
Justicia, que guarden relación con las funciones propias de los Letrados de la Administración
de Justicia o con las que les correspondan como directores técnico-procesales.
c) Conocer la planificación y contenido de las actividades formativas dirigidas al
personal al servicio de la Administración de Justicia.
d) Impulsar la puesta en funcionamiento de la Oficina Judicial mediante el diseño,
creación y organización de los Servicios Comunes Procesales y de las Unidades
Procesales.
e) Conocer la planificación y ejecución sobre la provisión de medios materiales que
se efectúe por la Comunidad Foral de Navarra en lo que guarde relación con las
funciones de los Letrados de la Administración de Justicia.
1. La Comisión Mixta estará copresidida por la persona titular del departamento con
competencias en materia de justicia del Gobierno de Navarra y por el Secretario de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Foral de Navarra.
La presidencia se ejercerá, alternando por semestres naturales, por la persona titular
del departamento con competencias en materia de justicia del Gobierno de Navarra y por
el Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, empezando por el primero de
ellos, actuando el segundo como Vicepresidente de la comisión.
2. La Comisión Mixta estará integrada por los siguientes miembros:
a) En representación del departamento con competencias en materia de justicia, su
titular, el Director o Directora General de Justicia y un Director o Directora de Servicio de
la Dirección General de Justicia designado por la persona titular del departamento con
competencias en materia de justicia, que actuará como Secretario.
cve: BOE-A-2025-7257
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Composición.