Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Seguridad industrial. (BOE-A-2025-7190)
Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
2.
Sec. I. Pág. 49791
Cubiertas de edificios.
2.1 Con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior del incendio por la
cubierta, cuando un elemento constructivo de compartimentación de sectores de
incendio de un establecimiento acometa a la cubierta, la resistencia al fuego (EI, o REI
en los elementos que tengan función portante) de esta será, al menos, igual a la mitad
de la exigida a aquel elemento constructivo, en una franja cuya anchura sea igual a 1
metro repartido entre ambos sectores.
Figura 2.11: Compartimentación en cubierta
Figura 2.12: Compartimentación en cubierta entre dos establecimientos
cve: BOE-A-2025-7190
Verificable en https://www.boe.es
2.2 Cuando una medianería o muros colindantes entre dos establecimientos
diferentes acometan a la cubierta, la resistencia al fuego (EI, o REI en los elementos que
tengan función portante) de esta será, al menos, igual a la mitad de la exigida a aquellos
elementos constructivos, en una franja cuya anchura sea igual a 1 metro en cada uno de
los establecimientos.
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
2.
Sec. I. Pág. 49791
Cubiertas de edificios.
2.1 Con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior del incendio por la
cubierta, cuando un elemento constructivo de compartimentación de sectores de
incendio de un establecimiento acometa a la cubierta, la resistencia al fuego (EI, o REI
en los elementos que tengan función portante) de esta será, al menos, igual a la mitad
de la exigida a aquel elemento constructivo, en una franja cuya anchura sea igual a 1
metro repartido entre ambos sectores.
Figura 2.11: Compartimentación en cubierta
Figura 2.12: Compartimentación en cubierta entre dos establecimientos
cve: BOE-A-2025-7190
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2.2 Cuando una medianería o muros colindantes entre dos establecimientos
diferentes acometan a la cubierta, la resistencia al fuego (EI, o REI en los elementos que
tengan función portante) de esta será, al menos, igual a la mitad de la exigida a aquellos
elementos constructivos, en una franja cuya anchura sea igual a 1 metro en cada uno de
los establecimientos.