Ministerio de CulturaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Préstamos hipotecarios. Índices. (BOE-B-2025-13256)
Extracto de la Resolución de 7 de abril de 2025 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la edición de revistas culturales, correspondientes al año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 19972
-
Artes plásticas, artes escénicas, música.
-
Diseño, fotografía, creación audiovisual, cinematografía.
-
Historia, geografía, arquitectura.
-
Filosofía, ciencias sociales, jurídicas y políticas y crítica de la cultura.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a
través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE
número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía
El importe máximo de las subvenciones convocadas será de 700.000 euros, a
favor de las empresas y de 300.000 euros, para instituciones sin fines de lucro
editoras de revistas
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el B.O.E.
Sexto. Otros datos
Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o
instituciones, públicos o privados, para la misma actividad, siempre que el importe
de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones, no supere el 100% del coste de la edición o producción de la
revista.
Con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar más del 50% del coste de
publicación de la revista, entendiéndose por tal la suma de los costes que suponga
para la entidad la edición o producción, distribución y comercialización de la
revista. El 50% restante necesariamente deberá financiarse con cargo a los fondos
propios de la editorial o mediante otras ayudas públicas o privadas.
Madrid, 7 de abril de 2025.- El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (apartado
Vigésimo.1.d) de la Orden CLT/12/2024, de 12 de enero), la Directora General del
Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.
cve: BOE-B-2025-13256
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250016241-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 19972
-
Artes plásticas, artes escénicas, música.
-
Diseño, fotografía, creación audiovisual, cinematografía.
-
Historia, geografía, arquitectura.
-
Filosofía, ciencias sociales, jurídicas y políticas y crítica de la cultura.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a
través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE
número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía
El importe máximo de las subvenciones convocadas será de 700.000 euros, a
favor de las empresas y de 300.000 euros, para instituciones sin fines de lucro
editoras de revistas
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el B.O.E.
Sexto. Otros datos
Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o
instituciones, públicos o privados, para la misma actividad, siempre que el importe
de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones, no supere el 100% del coste de la edición o producción de la
revista.
Con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar más del 50% del coste de
publicación de la revista, entendiéndose por tal la suma de los costes que suponga
para la entidad la edición o producción, distribución y comercialización de la
revista. El 50% restante necesariamente deberá financiarse con cargo a los fondos
propios de la editorial o mediante otras ayudas públicas o privadas.
Madrid, 7 de abril de 2025.- El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (apartado
Vigésimo.1.d) de la Orden CLT/12/2024, de 12 de enero), la Directora General del
Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.
cve: BOE-B-2025-13256
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250016241-1
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X