Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-7099)
Real Decreto 268/2025, de 8 de abril, por el que se modifican el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, el Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y el Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Miércoles 9 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 49297
«c) La Subdirección General de Seguridad de la Información y de la Inteligencia
Artificial, que desarrolla las funciones señaladas en el apartado 2, letras h), i), j), k), x)
e y) y las funciones u), v) y w) en su ámbito de responsabilidad específico.»
Artículo tercero. Modificación del Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación.
Se modifica el Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la
siguiente forma:
Uno.
forma:
El último párrafo del apartado 2 del artículo 3 queda redactado de la siguiente
«Asimismo, depende de la Dirección General la División de Formación
Agroalimentaria, con el rango que determine la Relación de Puestos de Trabajo,
que ejerce las competencias indicadas en los párrafos y) y z), así como las
señaladas en los párrafos a) y aa) en el ámbito de sus competencias.»
Dos. Las letras d) y e) del apartado 1 del artículo 7 quedan redactadas como sigue,
y se suprime la letra f):
«d) La propuesta y elaboración de la normativa en materia de la Ley 12/2013,
de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
e) Realizar los estudios económicos que se puedan considerar oportunos
para proponer y elaborar la normativa para mejorar el funcionamiento de la cadena
alimentaria.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 8 de abril de 2025.
FELIPE R.
El Ministro para la Transformación Digital
y de la Función Pública,
cve: BOE-A-2025-7099
Verificable en https://www.boe.es
ÓSCAR LÓPEZ ÁGUEDA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 86
Miércoles 9 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 49297
«c) La Subdirección General de Seguridad de la Información y de la Inteligencia
Artificial, que desarrolla las funciones señaladas en el apartado 2, letras h), i), j), k), x)
e y) y las funciones u), v) y w) en su ámbito de responsabilidad específico.»
Artículo tercero. Modificación del Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación.
Se modifica el Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la
siguiente forma:
Uno.
forma:
El último párrafo del apartado 2 del artículo 3 queda redactado de la siguiente
«Asimismo, depende de la Dirección General la División de Formación
Agroalimentaria, con el rango que determine la Relación de Puestos de Trabajo,
que ejerce las competencias indicadas en los párrafos y) y z), así como las
señaladas en los párrafos a) y aa) en el ámbito de sus competencias.»
Dos. Las letras d) y e) del apartado 1 del artículo 7 quedan redactadas como sigue,
y se suprime la letra f):
«d) La propuesta y elaboración de la normativa en materia de la Ley 12/2013,
de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
e) Realizar los estudios económicos que se puedan considerar oportunos
para proponer y elaborar la normativa para mejorar el funcionamiento de la cadena
alimentaria.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 8 de abril de 2025.
FELIPE R.
El Ministro para la Transformación Digital
y de la Función Pública,
cve: BOE-A-2025-7099
Verificable en https://www.boe.es
ÓSCAR LÓPEZ ÁGUEDA
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X