Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-7096)
Real Decreto 211/2025, de 18 de marzo, por el que se regulan aspectos específicos de los grados A, B y C de Formación Profesional para las familias profesionales Industrias Alimentarias; Seguridad y Medio Ambiente; Textil, Confección y Piel; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 48945
Artículo 6. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria de la Familia Profesional Industrias
Alimentarias.
1. Se establece el certificado profesional INA_C_005_5B. Gestión ambiental, de la
calidad y la seguridad alimentaria que figura en el anexo I, apartado 1.m), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 1.m) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional INA_C_006_5B. Control de calidad en la
industria alimentaria que figura en el anexo I, apartado 1.n), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 1.n) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional INA_C_007_5B. Gestión de la producción
en la industria alimentaria que figura en el anexo I, apartado 1.ñ), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 1.ñ) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
4. Se establece el certificado profesional INA_C_008_5B. Gestión logística y
comercial en la industria alimentaria que figura en el anexo I, apartado 1.o), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 1.o) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 7. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Educación y Control Ambiental de la Familia Profesional Seguridad y Medio
Ambiente.
1. Se establece el certificado profesional SEA_C_001_5B. Sensibilización y
educación ambiental que figura en el anexo I, apartado 2.a), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 2.a) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional SEA_C_002_5B. Promoción y protección
del medio natural y su uso público que figura en el anexo I, apartado 2.b), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 2.b) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional SEA_C_003_5B. Gestión ambiental para
el control y protección del medio natural que figura en el anexo I, apartado 2.c), así como
los certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 2.c) y las
acreditaciones parciales de competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 8. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Coordinación de Emergencias y Protección Civil de la Familia Profesional Seguridad
y Medio Ambiente.
1. Se establece el certificado profesional SEA_C_004_5B. Planificación y
supervisión de emergencias de origen natural, tecnológico y antrópico que figura en el
anexo I, apartado 2.d), así como los certificados de competencia recogidos en el
anexo II, apartado 2.d) y las acreditaciones parciales de competencia recogidas en el
anexo III.
2. Se establece el certificado profesional SEA_C_005_5B. Apoyo logístico y
supervisión de operaciones de rescate y salvamento que figura en el anexo I,
apartado 2.e), así como los certificados de competencia recogidos en el anexo II,
apartado 2.e) y las acreditaciones parciales de competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional SEA_C_006_5B. Planificación de
protección civil y evaluación de riesgos en emergencias de origen natural, tecnológico y
antrópico que figura en el anexo I, apartado 2.f), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 2.f) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
cve: BOE-A-2025-7096
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86
Miércoles 9 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 48945
Artículo 6. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria de la Familia Profesional Industrias
Alimentarias.
1. Se establece el certificado profesional INA_C_005_5B. Gestión ambiental, de la
calidad y la seguridad alimentaria que figura en el anexo I, apartado 1.m), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 1.m) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional INA_C_006_5B. Control de calidad en la
industria alimentaria que figura en el anexo I, apartado 1.n), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 1.n) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional INA_C_007_5B. Gestión de la producción
en la industria alimentaria que figura en el anexo I, apartado 1.ñ), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 1.ñ) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
4. Se establece el certificado profesional INA_C_008_5B. Gestión logística y
comercial en la industria alimentaria que figura en el anexo I, apartado 1.o), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 1.o) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 7. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Educación y Control Ambiental de la Familia Profesional Seguridad y Medio
Ambiente.
1. Se establece el certificado profesional SEA_C_001_5B. Sensibilización y
educación ambiental que figura en el anexo I, apartado 2.a), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 2.a) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional SEA_C_002_5B. Promoción y protección
del medio natural y su uso público que figura en el anexo I, apartado 2.b), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 2.b) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional SEA_C_003_5B. Gestión ambiental para
el control y protección del medio natural que figura en el anexo I, apartado 2.c), así como
los certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 2.c) y las
acreditaciones parciales de competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 8. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Coordinación de Emergencias y Protección Civil de la Familia Profesional Seguridad
y Medio Ambiente.
1. Se establece el certificado profesional SEA_C_004_5B. Planificación y
supervisión de emergencias de origen natural, tecnológico y antrópico que figura en el
anexo I, apartado 2.d), así como los certificados de competencia recogidos en el
anexo II, apartado 2.d) y las acreditaciones parciales de competencia recogidas en el
anexo III.
2. Se establece el certificado profesional SEA_C_005_5B. Apoyo logístico y
supervisión de operaciones de rescate y salvamento que figura en el anexo I,
apartado 2.e), así como los certificados de competencia recogidos en el anexo II,
apartado 2.e) y las acreditaciones parciales de competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional SEA_C_006_5B. Planificación de
protección civil y evaluación de riesgos en emergencias de origen natural, tecnológico y
antrópico que figura en el anexo I, apartado 2.f), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 2.f) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
cve: BOE-A-2025-7096
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Núm. 86